por INNOS | Jun 13, 2024 | Noticias
El Ministerio de Salud y Protección Social emitió hace pocos días el Decreto 0719 de 2024, que redefine las condiciones y los procedimientos para darle continuidad a la afiliación de quienes puedan ser afectados por las situaciones actuales de intervención, liquidación y salida voluntaria de EPS, del sistema de salud. Es importante recordar que, desde el pasado mes de abril, el Ministerio había comenzado a cursar su discusión. En este proyecto, hoy realidad, se enfocó en los ajustes a la asignación y continuidad de afiliados, así como, mantener la libre elección.
Este decreto tiene como propósito que se garantice el derecho a la atención sanitaria y es, en este sentido, una de las medias que el Ministerio ha tomado, para enfrentar de alguna forma, la crisis que el sistema atraviesa actualmente. Lo que allí se establece es una modificación al Decreto único del sector salud (780 de 2016) en el que se integraron todas las normas vigentes a la fecha. Vale recordar que, no obstante, este decreto único ha sido modificado varias veces y sus contenidos se han actualizado. Uno de estos aspectos es el que se reformuló en 2019 con el Decreto 1424, específicamente en el artículo 1.
Este nuevo decreto genera nuevos procesos para la movilidad de personas entre los dos regímenes, contributivo y subsidiado, buscando que no haya pérdidas de continuidad en la afiliación que afecten el acceso a los servicios sanitarios, ya que según un informe de la Superintendencia en marzo de este año, 612 municipios no contarían con EPS receptoras de usuarios en el régimen contributivo y 556 para el régimen subsidiado.
En su primer artículo, el Decreto 719 plantea que su objeto es modificar el Decreto 1424 de 2019, en lo referente a “…establecer las condiciones de asignación de afiliados para garantizar la continuidad del aseguramiento y la prestación del servicio público de salud a los afiliados de las Entidades Promotoras de Salud — EPS…” De igual manera, implica cambios en las circunstancias actuales: “…cuando dichas entidades se retiren o liquiden voluntariamente, ocurra la revocatoria de la autorización de funcionamiento o de la certificación de habilitación, o sean sujeto de intervención forzosa administrativa para liquidar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.” Recientemente se han conocido solicitudes de retiro voluntario de EPS que cuentan con casi 7,5 millones de afiliados.
Se dispone en el nuevo Decreto que la asignación de afiliados se realizará a las EPS que no se encuentren sujetas a vigilancia especial y que tengan vigente su habilitación para cada régimen, según el caso. Esto implica que se verificará que cumplan los parámetros de capital mínimo, así como de patrimonio adecuado.
En caso de que ocurra la salida de una EPS del sistema, por cualquiera de las rutas mencionadas previamente, la Supersalud ordenará la entrega de las bases de datos de sus afiliados a la ADRES y al Ministerio. Lo anterior permitirá que los afiliados pasen a las EPS que cumplan los requisitos señalados, garantizando además que se trasladen las personas y su grupo familiar. Esta asignación tendrá un periodo de duración inicial de 60 días, que una vez finalizados le permitirán al ciudadano solicitar su traslado a otra EPS si así lo desea. En todo el trámite se debe garantizar que haya continuidad de tratamientos y que se asignen las personas y sus grupos familiares a EPS que operen en el mismo municipio de su residencia.
Además de entregar las bases de datos de afiliados, las EPS que cesen su operación, deberán especificar las situaciones especiales de los pacientes con enfermedades de alto costo y gestantes, entre otros grupos especiales. Igualmente, las EPS receptoras deben realizar los procesos precontractuales pertinentes para garantizar la continuidad de los servicios de salud.
El Decreto también contempla la movilidad entre regímenes. Este cambio puede realizarse a través del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) o mediante un formulario físico, y la verificación de su clasificación socioeconómica se lleva a cabo utilizando herramientas proporcionadas por el Departamento Nacional de Planeación. Este proceso garantiza que los cambios de afiliación no afecten la continuidad de la cobertura ni el reconocimiento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Las EPS autorizadas exclusivamente para el régimen subsidiado no necesitan habilitación en el régimen contributivo cuando se aplica la figura de permanencia en el régimen subsidiado.»
Según el Decreto, los afiliados se asignarán en su totalidad a una EPS si es la única que cumple los criterios definidos, en el municipio o distrito de residencia. Si existen dos o más EPS que cumplan los requisitos, se asignarán los afiliados de forma aleatoria entre ellas. Si se diera el caso de que no exista una EPS autorizada para recibir los afiliados porque no cumple los requisitos dispuestos en el Decreto, podrán ser asignados a una EPS sin medida de vigilancia especial, aunque no cumpla los indicadores de capital mínimo y de patrimonio adecuado.
En segundo lugar, si ese primer caso no se cumple, se podrían asignar a una EPS con medida de vigilancia especial que no tenga limitación para nuevos afiliados y para hacer traslados. En tercer lugar, de no cumplirse los dos primeros casos, se podrán asignar los afiliados a una EPS debidamente habilitada en el municipio circunvecino dentro del mismo departamento. En cuarto lugar, de no lograrse los tres primeros, se asignarían a EPS de otros municipios en departamentos limítrofes.
Si bien el Decreto anuncia medidas que, en teoría, buscan garantizar el derecho y el acceso a la salud, no resuelve las condiciones de fondo que han llevado a la crisis actual y, deja dudas sobre los cambios que introduce a la asignación forzosa de afiliados cuando se definan las liquidaciones y las solicitudes de retiro de EPS, que se encuentran actualmente en estudio por parte del Ministerio.
Las EPS que se encuentran intervenidas, como la Nueva EPS, tendría, según el Decreto, la posibilidad de recibir afiliados de EPS liquidadas. Esta circunstancia se refuerza si tenemos en cuenta que es la EPS con presencia y autorización para operar en más municipios del país. en este caso el gobierno tendría que aclarar si esto es conveniente, teniendo en cuenta los anuncios recientes de la Supersalud sobre los estados financieros y de cuentas pendientes de esa entidad.
por INNOS | Jun 11, 2024 | Noticias
El pasado 5 de junio de 2024 se llevó a cabo el webinar titulado “¿Cuáles son las cargas socioeconómicas de las enfermedades en Colombia?”. En este espacio se expuso una nueva perspectiva del sector salud, profundizando en la carga socioeconómica de diversas enfermedades y la importancia de pensar la salud desde una articulación con otras áreas. El evento contó con la participación de diversos actores del sistema de salud, desde el Congreso, la academia e instituciones de investigación enfocadas en salud.
Dennis Ostwald, director del Instituto WiFOR, presentó un estudio sobre las cargas socioeconómicas en América Latina, desarrollado con el apoyo de Fifarma. Este estudio tenía como objetivo asistir a diversos países de la región en su auto-comprensión y comparación, iluminando el camino hacia la creación de políticas públicas en salud más eficientes. Tres puntos clave se destacan entre los hallazgos más relevantes: primero, la necesidad de considerar la salud como un sector macroeconómico crucial; segundo, la reinterpretación del gasto en salud como una inversión inteligente que contribuye a una economía exitosa; y finalmente, el reconocimiento de enfermedades específicas, como la diabetes tipo II y la migraña, que representan un 30% de la carga económica del país.
Pedro Flórez, Senador de la República de Colombia, recalcó la relevancia de estos datos y enfatizó la necesidad de divulgarlos entre todos los actores implicados en la toma de decisiones. Ostwald añadió que es esencial la participación de la academia y el Ministerio de Hacienda en Colombia, lo cual facilitaría la creación de una narrativa convincente que explique por qué es beneficioso invertir en salud, y a su vez permitiría profundizar en el tema, evaluar estrategias y mejorar prácticas.
Luis Fernando Gutiérrez, director del doctorado en salud pública, destacó otro punto crucial: aunque existe una visión macro, es indispensable que la academia desglosara estas ideas en aspectos más específicos, identificando con mayor precisión los sectores que se ven más afectados y han experimentado una pérdida de productividad. Esto se suma a lo expresado por Flórez, quien subrayó la necesidad de territorializar esta información a partir de los datos y desde los mismos territorios. «Con ello, podemos construir territorios saludables y tomar decisiones más eficaces»; estas afirmaciones, aunque marcan un punto importante al detallar las consecuencias a nivel micro, también destacan la necesidad de un enfoque más personalizado y centrado en las necesidades específicas de cada territorio.
En este sentido, Gutiérrez y Ostwald destacaron la trascendencia de esta problemática no solo a nivel nacional, sino también a escala global. Se puso de relieve la relevancia del efecto onda, ya que de no contener esta situación se podría comprometer incluso la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, como la erradicación del hambre, la reducción de la pobreza y el fomento de un consumo y producción sostenibles.
Por último, el Dr. Carlos Escobar, Director del INNOS, destacó dos puntos cruciales. Primero, argumentó que, a pesar de que se estima que el gasto en salud de Colombia representa el 8% del PIB, estas cifras se basan en métricas tradicionales que no proporcionan un panorama completo de la situación. Estas métricas tradicionales a menudo dejan fuera factores esenciales como las cifras en talento humano en salud —que se suma al sector de educación superior—, la industria médica, la infraestructura sanitaria y la alimentación, entre otros. Por lo tanto, aunque el sector salud es enorme y contiene otros indicadores que fluctúan como cadenas alrededor del núcleo de la salud que contribuyen a su fortalecimiento, su impacto a menudo queda invisibilizado y se subestima la verdadera inversión y contribución del sector salud a la economía del país. Segundo, Escobar señaló que, aunque los determinantes sociales de la salud han sido un tema de creciente importancia en los últimos años, la discusión en torno a los determinantes políticos de la salud todavía es limitada. Estos determinantes políticos son factores que crean, mantienen o modifican las relaciones entre los actores del sistema de salud y los actores de la industria, incluidos los gobiernos locales o territoriales. Dichos factores desempeñan un papel esencial en la toma de decisiones relacionadas con la asignación de recursos, lo que ha llevado a una situación complicada que dificulta una asignación de recursos y políticas adecuada con un enfoque territorial. Esta situación evidencia el imperativo de que los responsables de la formulación de políticas comprendan y enfrenten estos determinantes para garantizar una asignación de recursos más equitativa y eficiente, mejorando así la salud en el país.
Para ver el webinar completo: https://www.youtube.com/live/y2WRUP2i7aE?si=5g6CEIAWkya2dT87
por INNOS | May 29, 2024 | Blog, Noticias
INNOS, en colaboración con la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, HubiEX, la Universidad El Bosque y diversos socios como la Cámara de Comercio de Bogotá, Healthtech Colombia, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN), INNpulsa y Cemprende, realizaron la “Innovatón por la Salud de Bogotá Distrito Capital”. Esta iniciativa buscaba generar soluciones innovadoras para enfrentar los desafíos actuales del sistema de salud de Bogotá, dentro del marco del Modelo de Salud Más Bienestar. Durante la Innovatón, más de 100 actores, entre profesionales de la salud, pacientes, instituciones prestadoras de servicios y académicos se reunieron por dos días (27 y 28 de mayo), para trabajar de manera conjunta y proponer alternativas que contribuyeran al fortalecimiento del acceso y la calidad de los servicios de salud en el Distrito.

Hoy son claros los retos que enfrenta el modelo de salud debido a la transición demográfica, uno de estos, son la disminución del 40% en el número de nacidos vivos en la última década, lo que tiene importantes implicaciones para el sistema, especialmente entendiendo que Bogotá no es una sola entidad, sino una amalgama de múltiples localidades con grandes diferencias en densidad poblacional y características territoriales. Esto genera complicaciones, especialmente en áreas rurales que suelen ser dejadas de lado. Aunque la cobertura de salud en Bogotá es del 100%, existen inequidades significativas debido a la alta concentración de la población migrante y su estatus migratorio, lo que exacerba las vulnerabilidades. Con el 70% de la población en el régimen contributivo en Bogotá, frente al 50% a nivel nacional, hay una desconexión en la atención que deja fuera al 66% de la población más necesitada. La distribución desigual de servicios de salud, con una fuerte concentración en la zona nororiental, refleja y perpetúa estas inequidades. Desde lo metodológico, la Secretaría Distrital de Salud previamente identificó varios desafíos clave:
- Mejora del acceso equitativo y de calidad a los servicios de salud.
- Mitigación de eventos de salud pública vinculados a determinantes sociales y vulnerabilidades específicas.
- Prevención y respuesta oportuna ante alertas sanitarias y emergencias.
- Aportes del talento humano en salud a las necesidades del Modelo de Salud de Bogotá.
A través de ejercicios grupales y rotativos, cada equipo estudió las problemáticas planteadas y diseñó propuestas innovadoras, con el apoyo de tutores asignados por la Universidad El Bosque. Al final, más de 30 ideas se transformaron en 9 soluciones específicas a dichos retos, cuyas propuestas se presentaron al final de la Innovatón en un portafolio de soluciones dirigido a los tomadores de decisiones y referentes técnicos de la Secretaría Distrital de Salud, para ser incluidos en el plan liderado por la cartera en los próximos 4 años. Durante el acto de instalación, Julián Fernández, subsecretario de Salud Pública, expresó el compromiso de la entidad en revisar y utilizar los resultados del ejercicio para consolidar el modelo de salud de Bogotá. Manuel González, asesor de despacho de la Secretaría Distrital de Salud, destacó los pilares del modelo distrital y los principales desafíos en salud pública, enfatizando la importancia de la gestión de la información, la participación social transformadora, la gestión integral del riesgo y la intersectorialidad. La Innovatón destaca no solo por su enfoque participativo e inclusivo, sino también por su capacidad para generar soluciones pragmáticas y aplicables a corto y mediano plazo. Este enfoque contrasta con los intentos de diálogo para construir la reforma del sistema de salud a nivel nacional, los cuales, aunque convocando a diversos actores, no lograron condensar las preocupaciones y propuestas del ecosistema de innovación en salud durante todo el proceso legislativo y la agenda pública que tuvo.
por INNOS | May 29, 2024 | Blog, Noticias
Recientemente, la Corte Constitucional emitió una decisión que repercute directamente en el sistema de salud colombiano al adoptar medidas cautelares relacionadas con la Unidad de Pago por Capitación (UPC). En este contexto, el 10 de mayo del presente año, se publicó el Auto 875 en el marco del seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008.
En este auto, la Corte se enfocó en la Resolución 2364 del año anterior, específicamente en la implementación de sus artículos 11 y 21, a la espera del fallo del Consejo de Estado sobre su legalidad. Esta resolución, en términos generales, estableció el aumento de la UPC para los regímenes subsidiado y contributivo en 2024. Los artículos mencionados anteriormente indicaban que, para mejorar el acceso a la salud de la población, las Entidades Promotoras de Salud deberían destinar al menos el 5% de la UPC a equipos básicos de salud.
Además, la resolución destacó el principio de universalidad, que prioriza la atención de toda la población, independientemente del régimen o la EPS a la que estén afiliados, en concordancia con la asignación de dicho porcentaje de la UPC.
Entonces, ¿cuál es la razón detrás del pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre esta resolución? En diferentes ocasiones, el alto tribunal se ha manifestado sobre la utilización de los recursos de la UPC para cubrir servicios de salud. En la Sentencia C-978 de 2010, se encontró que el principio de equilibrio financiero entre la UPC y el Plan Obligatorio de Salud (POS) en ambos regímenes se veía afectado.
En consonancia con lo anterior, el artículo 15 de la Ley 1438 de 2011 estableció que, la financiación de los equipos básicos de salud debe provenir de recursos interinstitucionales del sector salud y de otros sectores que participan en la atención de los determinantes de la salud. Por lo tanto, las pretensiones de la Resolución para utilizar los recursos de la UPC para financiar los Equipos Básicos en Salud no procederían, ya que estos solo pueden financiarse con dineros del sistema general de participaciones y/o recursos propios de las entidades territoriales.
El Auto 875 de la Corte encontró que financiar estos equipos con los recursos de la UPC podría resultar en una disminución del valor de esta y en una menor disponibilidad de recursos para financiar dichos servicios, lo que pondría en riesgo la prestación de los servicios debido a un posible incumplimiento por parte de las EPS. Ocasionando, también un desequilibrio.
Por esta razón, el Auto decidió declarar la inaplicabilidad de los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023, en espera a que el Consejo de Estado emita un pronunciamiento sobre el control de nulidad por inconstitucionalidad, al tiempo que invitó al Ministerio de Salud a abstenerse de expedir un proyecto de resolución relacionado con los equipos básicos en salud.
Recordemos que el Ministerio de Salud y Protección Social ha anunciado en reiteradas ocasiones, la conformación de un número creciente de Equipos Básicos de Salud. Estos anuncios comenzaron pocos meses después de iniciado el actual periodo presidencial y hacen parte de las estrategias gubernamentales para implementar de forma directa, varios aspectos contemplados en el proyecto de reforma al sistema de salud, que se archivó en la comisión séptima del Senado, recientemente.
Lo que la Corte dispuso fue la inaplicación de la resolución 2364 de diciembre del año pasado, que trasladó el 5% de la UPC para financiar los EBS. No obstante, ya se venían desarrollando, desde hace más de un año, estos equipos en distintos territorios. Por ejemplo, en la resolución 2788 de 2022 el MSPS les asignó cerca de 50.000 millones de pesos a estos EBS, provenientes de los recursos de la ADRES, para financiar la creación y operación de 483 de estos equipos, en 206 municipios.
De igual manera, el Ministerio anunciaba en febrero de 2023, que se conformaban EBS en 68 municipios de zonas dispersas y que, a junio del mismo año ya se habían organizado más de 2000 EBS en todas las entidades territoriales. En la rendición de cuentas del Ministerio, en noviembre pasado, se anunciaba que ya existían 4.000 EBS y que la meta durante este periodo de gobierno era llegar a 11.000 en todo el territorio nacional.
Con estos datos en mente, es necesario que el Ministerio de Salud y Protección Social aclare en qué se han gastado, en lo corrido de 2024, esos recursos del 5% de la UPC. ¿Cuántos nuevos equipos básicos se han financiado desde la expedición de la Resolución 2364, en cuáles municipios? y ¿Cómo se restituirán estos recursos a la UPC?.
Más allá de las respuestas a estos interrogantes, es evidente que el auto 875 de la Corte Constitucional pone de manifiesto un problema estructural del sistema de salud. Existe un déficit de recursos para financiar el plan básico de salud, por lo cual es imperativo identificar nuevas fuentes de financiamiento o encontrar mecanismos que optimicen su uso. En ese sentido, en lugar de agregar nuevas presiones a la UPC, se deben encontrar métodos para atraer nuevos recursos y utilizar los actuales de manera más eficiente.
por INNOS | May 16, 2024 | Proyecto
Texto: El Observatorio de Política Regulatoria en Salud (OPRES) hace seguimiento a las iniciativas normativas de los países de América Latina para contribuir a la mejora de las políticas y normas que orientan y regulan el área de la salud, bajo la idea de transformar la salud e innovar en ella.
Desde: 2023
Hasta: 2024
Enlace: https://innos.co/agenda-normativa