Estos fueron los aportes de INNOS a la Comisión Accidental de la Reforma a la Salud

Estos fueron los aportes de INNOS a la Comisión Accidental de la Reforma a la Salud

La Cámara de Representantes citó para los días 25, 26 y 27 de septiembre a la conformación de las mesas de diálogo con miras a debatir y enriquecer el articulado del proyecto de Ley 339 que cursa actualmente en esa corporación. El equipo de INNOS ha elaborado un análisis riguroso sobre los temas más relevantes que se plantearon para el debate y para ello, ha elaborado tres documentos que se enfocan en la Política de CTI para la salud, la formación del talento humano y los sistemas de información en salud.

Cada uno de estos documentos fue enviado a los organizadores de las mesas de diálogo pero, lamentablemente, por asuntos de agenda, no se presentaron ante los asistentes. No obstante, el equipo de INNOS considera que es importante presentarlos a quienes están interesados en el trámite de la Ley, dada la importancia que esta discusión tiene para el presente y el futuro de la salud en el país.

Sobre Política de CTI en Salud

El artículo 95 de la Reforma a la Salud en Colombia propone la formulación de una Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Salud cada diez años. Esta política será financiada con recursos del Fondo de Innovación y Sostenibilidad (FIS) y otras fuentes regionales y del sistema general de regalías, y se orientará a prioridades acordadas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias) y el Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud). Es importante recordar que la Ley 1751 también dispuso que el gobierno nacional desarrolle esta política de CTI para salud.

El artículo en el proyecto de reforma es un paso importante para fortalecer la CTI en salud en Colombia. Sin embargo, es necesario fortalecerlo para que adopte las tendencias actuales en CTI en salud.

En primer lugar, la política debe reconocer que la innovación es un elemento clave para responder a los desafíos de salud. Estos desafíos incluyen la creciente prevalencia de enfermedades crónicas, el envejecimiento de la población y la aparición de nuevas enfermedades. La innovación puede ayudar a desarrollar nuevos tratamientos, diagnósticos y vacunas para abordar estos desafíos, entre otros. En segundo lugar, la política debe reconocer que la innovación en salud parte de tres pilares: ciencia e investigación, uso de tecnologías de la información y de innovación social. La ciencia e investigación es fundamental para generar nuevo conocimiento. El uso de tecnologías de la información puede ayudar a mejorar la eficiencia y la calidad de la atención. La innovación social puede ayudar a transformar los mecanismos de relacionamiento y las dinámicas de los actores del sistema de salud. En tercer lugar, la política debe promover un enfoque de innovación orientada por misiones. Este enfoque consiste en establecer objetivos ambiciosos y a largo plazo para la CTI en salud. Las misiones pueden ayudar a movilizar recursos y a generar colaboración entre los diferentes actores del ecosistema de innovación. En cuarto lugar, la política debe integrarse con otras iniciativas del gobierno, como la política de reindustrialización en salud. Esta integración puede ayudar a generar sinergias y a optimizar el uso de recursos. En quinto lugar, la política debe atraer recursos de inversión privados. Los fondos públicos son insuficientes para abordar los desafíos de la CTI en salud. La política debe establecer condiciones apropiadas para atraer inversión privada, como estabilidad regulatoria, tributaria y comercial.

Por otro lado, la política debe promover la protección de la propiedad intelectual. La protección de la propiedad intelectual es fundamental para incentivar la innovación.En séptimo lugar, la política debe estar acompañada de una estrategia de relacionamiento y diplomacia de la CTI. Esta estrategia puede ayudar a Colombia a insertarse en el ecosistema global de innovación en salud. En octavo lugar, la política debe ser diseñada e implementada por un equipo interdisciplinario que incluya a representantes de MinCiencias, MinSalud, MinComercio, MinTIC y MinEducación.

Desde el Tanque de Pensamiento INNOS, consideramos que esta política debería ser un elemento clave para la reforma y debería incorporar las tendencias actuales en ciencia, tecnología e innovación en salud. Los países con ecosistemas de CTI en salud más dinámicos y exitosos han adoptado estas tendencias.Por lo tanto, se recomienda fortalecer el artículo 95 de la reforma a la salud para que adopte estas recomendaciones. Este fortalecimiento contribuiría a mejorar la CTI en salud en Colombia y a responder a los desafíos de salud, del sistema de salud y del desarrollo de la industria de tecnologías sanitarias.

Sobre Formación de Talento Humano

La reforma a la salud en Colombia debe fortalecer su política de formación de talento humano en salud

Desde INNOS, consideramos que la Reforma a la Salud en Colombia presenta una oportunidad única para abordar los desafíos actuales y futuros del sector. En particular, los artículos 103 y 104, que tratan sobre la “Política de Formación de Talento Humano en salud” y la “Política de Formación y Educación Superior en Salud” respectivamente, son fundamentales para esta tarea. Sin embargo, dada la redundancia temática entre ambos, recomendamos su fusión para una mayor coherencia y eficacia.

Esta política unificada sería clave para resolver los desafíos en cantidad, calidad, distribución y habilidades del talento humano en salud. No solo ayudaría a cerrar los déficit y desigualdades de acceso actuales, sino que también permitiría contar con un talento humano capaz de adaptarse a los cambios acelerados en los sistemas de salud en el mundo, impulsados por los avances en innovación en salud.

Los propósitos de la reforma buscan mejorar la cobertura, la calidad y la eficiencia del sistema de salud. En este contexto, la formación de talento humano en salud (TFS) juega un papel fundamental para garantizar que el sistema cuente con los profesionales necesarios para satisfacer las necesidades de la población.

Recomendaciones

En primer lugar, se recomienda fusionar los dos artículos en uno solo. Los dos artículos son redundantes en los temas que ambos tratan. La fusión de los dos artículos facilitaría la implementación de la política y permitiría un enfoque más integral de la TFS. En segundo lugar, se recomienda que la política haga referencia a todas las disciplinas de salud. La política debe abordar las necesidades de formación de todos los profesionales de la salud, incluidos los médicos, los odontólogos, los enfermeros, los terapeutas, los técnicos y los auxiliares. En tercer lugar, se recomienda que la política favorezca la expansión de cupos, en particular en especialidades y segundas especialidades en medicina y que también se amplíe el acceso a especialidades de otras profesiones de salud. La expansión de cupos es necesaria para cerrar los déficit históricos en estas áreas. En cuarto lugar, se recomienda que la política promueva la incorporación de habilidades en todas las disciplinas para desempeñarse en entornos de salud digital y de trabajar en equipos interdisciplinarios. La innovación en salud está transformando el sector de la salud. La política debe preparar a los profesionales de la salud para trabajar en estos nuevos entornos. En quinto lugar, se recomienda que la política promueva un especial énfasis en las habilidades de promoción, prevención y predicción en salud por parte de todas las disciplinas. La promoción, la prevención y la predicción son fundamentales para mejorar la salud de la población.

En sexto lugar, se recomienda que se promueva la equidad en el acceso a los cupos de formación en centros hospitalarios públicos o privados. El artículo 106 de la reforma a la salud otorga preferencia a estudiantes de universidades públicas en los hospitales públicos. Esta disposición es discriminatoria y no contribuye a la equidad en el acceso a la formación de TFS. En séptimo lugar, se recomienda fomentar la creación de programas en las disciplinas emergentes en salud en el mundo, en particular las que implican el uso de tecnologías de la información en salud. La tecnología está transformando el sector de la salud. La política debe preparar a los profesionales de la salud para trabajar en estos nuevos ámbitos. En octavo lugar, se recomienda que se expandan de inmediato cupos para servicio social obligatorio (rurales) en el país en todas las disciplinas de salud. La falta de profesionales de la salud en las zonas rurales y dispersas es un problema importante en Colombia. La expansión de cupos contribuiría a mejorar el acceso a la salud en estas zonas.

En noveno lugar, se recomienda crear incentivos para la atracción de estos profesionales a los entornos regionales. Los profesionales de la salud que se forman en el sistema público y privado suelen emigrar a las grandes ciudades en busca de mejores oportunidades laborales. La creación de incentivos para la atracción de estos profesionales a los entornos regionales contribuiría a mejorar la distribución del talento humano de la salud en el país.

Conclusiones

La formación de talento humano en salud es un elemento clave para el éxito de la reforma a la salud en Colombia. El fortalecimiento de la política de TFS en Colombia contribuiría a mejorar la cobertura, la calidad y la eficiencia del sistema de salud.

Las reformas en los procesos de formación del talento humano en salud en el país, deben ser concertadas con el Ministerio de Educación Nacional, rector del sistema educativo, así como con las instituciones educativas (IES), los centros de formación técnica y tecnológica y todo el conjunto de actores relacionados.

Las recomendaciones presentadas en este ensayo están alineadas con las tendencias actuales en TFS y con los desafíos del sistema de salud. La implementación de estas recomendaciones contribuirá a que Colombia cuente con un sistema de TFS más robusto y sostenible.

Sobre Sistemas de Información en Salud

La reforma a la salud en Colombia y el Sistema Público Unificado e Interoperable de Información en Salud (SPUIS)

La reforma a la salud en Colombia, específicamente el Título V, busca crear un Sistema Público Unificado e Interoperable de Información en Salud (SPUIS) para facilitar la toma de decisiones en todos los niveles del sistema de salud. El SPUIS es una iniciativa ambiciosa que tiene el potencial de transformar el sistema de salud colombiano, pero es importante que se implemente de manera efectiva para lograr sus objetivos.

Puntos a resaltar

  • El tiempo estimado de un año para el desarrollo del sistema es ambicioso y no parece haberse validado en su factibilidad. El desarrollo de un sistema de información de salud de esta magnitud es un proceso complejo que requiere la participación de múltiples actores y la coordinación de diferentes instancias. Es importante que el Ministerio de Salud y Protección Social realice una evaluación exhaustiva del estado actual de los sistemas de información en salud en Colombia para determinar un cronograma realista para la implementación del SPUIS. También se debe tener en cuenta que este desarrollo exige una inversión significativa en recursos humanos y tecnológicos que debe ser clara en sus fuentes y sostenible en el tiempo.
  • Es necesario asegurar la privacidad y seguridad de los datos personales e individuales de salud y de contexto de los usuarios. El SPUIS almacenará información confidencial sobre la salud de los colombianos, por lo que es fundamental que se implementen las medidas necesarias para proteger la privacidad y seguridad de estos datos. El Ministerio de Salud y Protección Social debe trabajar con expertos en seguridad de la información para desarrollar un marco robusto de protección de datos para el SPUIS, que acoja y desarrolle los parámetros internacionales de seguridad de la información para que el sistema cumpla los propósitos que buscan con su implementación.
  • Es importante partir de los desarrollos que actualmente existen en las EPS que más han avanzado sobre este proceso así como de redes de IPS que tienen desarrollos similares. Colombia ya cuenta con algunos sistemas de información en salud que podrían servir como base para el SPUIS. El Ministerio de Salud y Protección Social debe evaluar estos sistemas y determinar cómo pueden ser integrados al SPUIS.
  • Es importante que desde el inicio el sistema contemple una capa destinada al uso de la data para fines de investigación con datos del mundo real y para la identificación de necesidades de investigación e innovación para responder a desafíos actuales y emergentes como los que pueden resultar de nuevas epidemias o pandemias. El SPUIS tiene el potencial de generar datos valiosos para la investigación en salud. Es importante que el sistema se diseñe desde el inicio para facilitar el uso de estos datos para fines de investigación, guardando siempre la confidencialidad y la protección de información privada.
  • El sistema también debe ser la columna vertebral para la planeación, control y flujo de recursos financieros del sistema con un enfoque de transparencia, analítica, predicción y ajuste a las variables que se requieran para asegurar bases sólidas para la toma de decisiones en relación al financiamiento del sistema, superando así los vacíos que actualmente se presentan en relación al conocimiento de la situación financiera del sistema. El SPUIS puede ser una herramienta valiosa para mejorar la gestión financiera del sistema de salud. El sistema debe ser diseñado para recopilar información sobre los costos de los servicios de salud, la utilización de los servicios y los resultados de la atención. Esta información puede ser utilizada para mejorar la eficiencia y la sostenibilidad del sistema de salud.

Conclusiones

El SPUIS es una iniciativa importante que tiene el potencial de transformar el sistema de salud colombiano. Es importante que se implemente de manera efectiva para lograr sus objetivos. El Ministerio de Salud y Protección Social debe tomar en cuenta los puntos a resaltar para garantizar que el SPUIS se desarrolle y se implemente de manera exitosa.

Recomendaciones adicionales

Además de los puntos a resaltar mencionados anteriormente, se recomienda que el SPUIS tenga en cuenta los siguientes aspectos:

  1. Integración con sistemas de información internacionales. El SPUIS debe ser compatible con sistemas de información internacionales para facilitar el intercambio de información y la colaboración con otros países.
  2. Capacitación y sensibilización. Es importante capacitar a los actores del sistema de salud sobre el SPUIS y sus beneficios. También es importante sensibilizar a la población sobre la importancia de la privacidad y seguridad de los datos de salud.
  3. Mecanismos de monitoreo y evaluación. Es importante establecer mecanismos de monitoreo y evaluación para garantizar que el SPUIS cumpla con sus objetivos.

La implementación exitosa del SPUIS requiere el compromiso de todos los actores del sistema de salud. De igual forma, es necesario coordinar con el Ministerio de las TIC su desarrollo en el marco del Plan nacional de conectividad rural para fortalecer la atención primaria en zonas rurales y alejadas de los centros urbanos. El Ministerio de Salud y Protección Social será responsable de diseñar, desarrollar e integrar el SPUIS y garantizar su funcionamiento con calidad y fluidez. Contar también con los avances conseguidos por todos los actores del sistema de salud a lo largo de estos años, para aprovechar esta experiencia y conocimientos ya adquiridos.

El Ministerio de Salud y Protección Social debe liderar este esfuerzo para garantizar que el SPUIS sea una herramienta efectiva para mejorar la salud de los colombianos.


Descargue el documento completo de recomendaciones en: https://www.innos.co/publicacion/Aportes de INNOS.pdf

Continúan las discusiones de la Reforma a la Salud en el Congreso

Continúan las discusiones de la Reforma a la Salud en el Congreso

Bogotá, 20 de septiembre de 2023 – En una plenaria que se extendió desde la tarde hasta la noche del martes 19 de septiembre, el Congreso dio inicio al debate sobre la propuesta de Reforma a la Salud. Las discusiones estuvieron marcadas por la participación de las diferentes bancadas, cada una con sus respectivas preocupaciones y perspectivas sobre la reforma.

La Bancada Conservadora expresó su insatisfacción por la falta de consideración de sus propuestas para mejorar la propuesta. Argumentaron que el sistema de salud necesita una supervisión constante y cuestionaron por qué la reforma no aborda los regímenes especiales, que, según ellos, perpetúan desigualdades en el sistema. También mostraron inquietud sobre posibles restricciones a la libre elección de los ciudadanos.

Por su parte, la Bancada del Mira presentó los resultados de una encuesta en la que más de 24,000 ciudadanos, instituciones y actores del sistema de salud manifestaron que la corrupción es el principal problema en el sistema. Destacaron la necesidad de fortalecer la vigilancia, eliminar barreras para el acceso a servicios especializados y mejorar el sistema de información. También hicieron hincapié en garantizar la continuidad para pacientes crónicos y en la importancia de los cuidadores domiciliarios.

La Bancada Liberal se unió a la solicitud de participar en una subcomisión creada por la Cámara para buscar un consenso en la reforma. Manifestaron preocupación por la restricción de la libre elección de los ciudadanos y la situación financiera de las IPS y EPS. Sugirieron limitar la integración vertical en el sistema y fortalecer el control y vigilancia. Cuestionaron las amplias facultades otorgadas a la Superintendencia de Salud.

La Bancada del Partido de la U señaló la falta de vigilancia en el sistema de salud y la necesidad de desarrollar la atención primaria. Reconocieron que el sistema actual tiene una infraestructura compleja pero enfatizaron que se debe priorizar la prevención y promoción de la salud. Abogaron por una reforma abierta y con participación de todos los actores.

La Bancada Gente en Movimiento resaltó la importancia de la subcomisión para abordar las preocupaciones de diversos actores y profundizar en el financiamiento de la reforma.

La Bancada Alianza Verde cuestionó las premisas de la reforma y expresó dudas sobre su capacidad para ofrecer soluciones diferenciadas para las regiones apartadas. También mostraron preocupación por la ADRES y resaltaron los logros del sistema de salud actual.

La Bancada del Centro Democrático destacó la falta de un concepto del Ministerio de Hacienda sobre el costo de la reforma y expresó preocupación por la estatización del sistema de salud. Advirtieron sobre riesgos de politización, corrupción y pérdida de recursos.

Por último, la Bancada de Cambio Radical lamentó la falta de instalación de la subcomisión y comparó la reforma con sistemas de salud de otros países. Destacaron la importancia del acceso y atención a la salud de adultos mayores y poblaciones con discapacidad, así como los riesgos de una transición delicada.

En el cierre de la sesión, se aprobó el informe de ponencia para continuar el debate sobre la reforma a la salud, dando paso a futuras discusiones en el Congreso.

El nuevo aire de la reforma a la salud: ¿celeridad sin análisis?

El nuevo aire de la reforma a la salud: ¿celeridad sin análisis?

Por: María Margarita Martinez Garbiras

En la última semana hemos visto que en la Comisión Séptima se desbloqueó la discusión de la reforma a la salud. La llegada del nuevo Ministro Guillermo Jaramillo pareció darle un nuevo aire. Así, en menos de cinco días se han aprobado 117 artículos de los 139, e incluso, los reparos de los partidos tradicionales y del partido de la U pasaron a un segundo plano. Igualmente, congelar la discusión durante dos semanas fue un punto acertado por parte de la Comisión Séptima de la Cámara. Por lo tanto, el objetivo de esta nota es describir el nuevo rumbo de la reforma a la salud a través de algunas de las estrategias utilizadas por el gobierno y por el Congreso que demuestran celeridad, pero sin discusiones profundas sobre lo que se está votando.

 

Estrategias del gobierno

El nombramiento de un nuevo Ministro fue acertado. En primer lugar, el nuevo ministro ya había trabajado con el presidente Gustavo Petro cuando éste ejerció como burgomaestre de la capital. Entre 2012 y 2013 fue  secretario de salud para después asumir como secretario de gobierno, por lo tanto, conoce al mandatario y su forma de gobernar, compartiendo, seguramente, la visión del sistema de salud que se quiere implementar. En segundo lugar, en tres ocasiones se desempeñó en el Congreso de la República, primero como Representante (1982-1986) durante un sólo período y como Senador dos veces en diferentes momentos. Por consiguiente, el nuevo ministro conoce cómo funciona el Congreso y lo que conlleva la denominada mecánica legislativa en la cual la negociación es importante. En ese sentido, logró en dos semanas lo que la exministra Carolina Corcho no pudo hacer: poner andar la reforma a la salud. Así, la estrategia del nuevo Ministro se está centrando en hacer ciertas concesiones a las propuestas de los partidos tradicionales y al de la U: administración y gestión de los recursos y el papel o rol de las EPS en la reforma.

Su primera intervención en la Comisión mostró ese tono conciliador cuando se refirió a la autonomía legislativa y la importancia de los consensos para llegar a acuerdos.

 

Estrategias de los representantes

Cabe recordar que durante las semanas posteriores a la radicación de la reforma presentada por el gobierno se observó un clima desfavorable en el legislativo, incluso, se pensó que la reforma terminaría hundiéndose por dos razones: la posición inamovible de la ministra Carolina Corcho y los reparos sobre algunas proposiciones por parte de los partidos tradicionales y el partido de la U. Por lo tanto, los representantes de la bancada de gobierno en la Comisión Séptima de la Cámara también han implementado unas estrategias que hasta la fecha han rendido frutos. Estas estrategias entran en la mecánica propia del legislativo. Así, la primera estrategia fue congelar las discusiones durante casi dos semanas. Esto, ocurrió durante la crisis ministerial. El tiempo les sirvió a las congresistas para idearse ptras estrategias con el fin de destrabar la reforma.

Con el nuevo ministro posicionado las discusiones se reiniciaron. Por lo tanto, con la ponencia positiva aprobada el siguiente paso fue crear una subcomisión o comisión accidentada (segunda estrategia). Esta subcomisión fue propuesta por Alfredo Mondragón representante del Pacto Histórico. El objetivo de esta subcomisión sirvió para estudiar las proposiciones radicadas y reorganizar el texto o la ponencia positiva con el fin de debatirlo. A diferencia de otros momentos, en esta subcomisión se diálogo con los representantes de la Comisión y no con los directivos del partido Liberal, el partido Conservador y el partido de la U. Más sencillo negociar con quienes conforman la comisión y no sobre quiénes han realizado reparos a la misma.

En tercer lugar, como se ha venido observando en los últimos días, la mesa directiva de la Comisión tomó la decisión de votar en grandes bloques el articulado de la reforma, es decir, unificó por grupos los artículos que no tienen proposición. Esto con el fin de generarle celeridad al trámite, pero implica que no necesariamente se discutan a profundidad las propuestas más sensibles, como, por ejemplo, el artículo 123 del proyecto que menciona la responsabilidad del profesional de salud en términos de resultados y no de medios. Igualmente, el artículo 49 el cual menciona cómo sería la transición de las EPS en gestoras de salud y vida. Así mismo, el artículo 66 en el cual se le otorgan nuevas funciones a la ADRES, entre otros.

Frente a este tercer aspecto, algunos representantes de la oposición, que son miembros de la Comisión, sienten que los congresistas de la bancada de gobierno han utilizado la famosa táctica del “pupitrazo”, es decir, aprobar el articulado sin una deliberación real y sin hacer un análisis a profundidad de lo propuesto en cada uno, colando en esas votaciones por bloque los artículos polémicos, algunos de ellos mencionados con anterioridad. E incluso, abriendo la posibilidad para que aparezcan los famosos micos.

Al respecto, vale la pena mencionar que el texto original ha sufrido cambios significativos, incluso, el número de los artículos no es el mismo, con lo cual se hace un llamado para que los congresistas se tomen el tiempo y hagan su trabajo de manera adecuada. Votar las propuestas en bloque puede generar incertidumbre y más si se hace uso de la táctica del pupitrazo, ¿de qué sirve la celeridad si no hay calidad? Como dice el dicho, del afán solo queda el cansancio.

¿La Reforma a la Salud implica una ley estatutaria u ordinaria?

¿La Reforma a la Salud implica una ley estatutaria u ordinaria?

Por: María Margarita Martínez Garbiras

Desde la campaña presidencial de 2022 el entonces candidato Gustavo Petro, hoy presidente de la república, propuso impulsar una serie de reformas en varios frentes. Uno de esos frentes fue la salud. De esta manera, el 13 de febrero de 2023 el gobierno nacional en cabeza de la ministra de salud, Carolina Corcho presentó una propuesta importante del sistema de salud. Al ser uno de los sectores más sensibles, el proyecto no ha estado exento de debates, en especial, uno que estuvo presente durante los primeros días de haberse radicado en la Cámara de Representantes, el trámite que debería dársele en el Congreso como ley ordinaria o ley estatutaria. Por lo tanto, el objetivo de este artículo es poner en conocimiento las dos posiciones que durante este primer semestre del año han abarcado los debates académicos y técnicos.

Dos posiciones sobre el trámite de la reforma a la salud

Aunque pareciera claro el trámite que deberían seguir los proyectos de ley en Colombia, para el caso de la reforma a la salud se ha generado un debate interesante por una razón puntual, desde la Ley 1751 de 2015 la salud es considerada un derecho fundamental y la Constitución Política de 1991 establece que la regulación de este tipo de derechos se debe hacer por medio de una Ley Estatutaria, en especial, lo relativo a los procedimientos y los recursos para la protección de estos.

Una ley estatutaria requiere de una serie de condiciones que vale la pena señalar, en primer lugar, solo pueden expedirse en una sola legislatura. En segundo lugar, deberá ser revisada por la Corte Constitucional y, por último, aunque no menos importante, este tipo de leyes no puede tramitarse a través de facultades extraordinarias del presidente de la república. En este sentido, las leyes de este tipo tienen un trámite riguroso que incluye puntos que no necesitan las leyes ordinarias.

Al respecto, el gobierno nacional ha insistido en varias ocasiones que considera que el trámite de la reforma debe hacerse bajo las características de las leyes ordinarias. Una posición basada en varios argumentos:

  • Si bien la salud es un derecho fundamental, el proyecto de reforma presentado por el gobierno busca modificar una ley ordinaria. En su momento la Ley 100 de 1993 fue tramitada como ley ordinaria, ya que la salud no era considerada como un derecho fundamental, es hasta la sentencia T-760 de 2008 y la Ley 1751 de 2015 que adquiere dicho estatus.
  • El proyecto de reforma del gobierno centra su atención en el cómo se debería garantizar el derecho a la salud, es decir, sienta las bases para reorganizar el sistema a través de las competencias con el fin de darle alcance a los objetivos de la Ley 1751 de 2015.
  • Y, aunque este proyecto de ley centra su atención en la salud, no necesariamente requiere un trámite como ley estatutaria. Al respecto, la Corte Constitucional ha mencionado en la sentencia C-756 de 2008:

que el trámite de ley estatutaria es de aplicación limitada y restrictiva, pues de lo contrario se produciría la petrificación del derecho. En este sentido, sólo aquellas disposiciones que tocan la estructura general del derecho, los principios sustanciales o el procedimiento específico de los derechos fundamentales, deben tramitarse a través de una ley estatutaria.

Asimismo, esa misma sentencia establece que la Corte Constitucional ha señalado cinco reglas interpretativas:

  1. La reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales es excepcional, en tanto que la regla general se mantiene a favor del legislador ordinario.

  2. La regulación estatutaria u ordinaria no se define por la denominación adoptada por el legislador, sino por su contenido material. Al respecto, esta Corporación ha aclarado que el “criterio nominal relativo a la denominación que el legislador le da a una ley es insuficiente. El legislador no podría, por ejemplo, dictar una ley que regule los principales derechos fundamentales y establezca reglas para su interpretación como si fuera una ley ordinaria, simplemente porque optó por llamarla “Código de Derechos Fundamentales”. Por eso, esta Corte ha señalado criterios adicionales al meramente nominal para determinar cuáles son las materias reservadas al legislador estatutario… De la jurisprudencia de la Corte sobre leyes estatutarias se observa una prelación de los criterios materiales sobre los puramente formales o nominales”. En consecuencia, el trámite legislativo ordinario o estatutario será definido por el contenido del asunto a regular y no por el nombre que el legislador designe.

  3. Mediante ley estatutaria se regula únicamente el núcleo esencial del derecho fundamental, de tal forma que, si un derecho tiene mayor margen de configuración legal, será menor la reglamentación por ley estatutaria.

  4. Las regulaciones integrales de los derechos fundamentales deben realizarse mediante ley cualificada.

  5. Los elementos estructurales esenciales del derecho fundamental deben regularse mediante ley estatutaria. De esta forma, es claro que la regulación puntual y detallada del derecho corresponde al legislador ordinario.

Por consiguiente, el gobierno argumenta que esta reforma no busca regular el derecho a la salud, pues esa fue la finalidad de la Ley Estatutaria de 2015, esta reforma centra su atención en la implementación de mecanismos de carácter técnico, financiero e institucional. Según, Gabriel Bustamante, director jurídico del Ministerio de Salud, la mayoría de las leyes que han modificado al sistema de salud en Colombia se han tramitado como leyes ordinarias y en Colombia desde 2015 tenemos la ley que regula a la salud como un derecho.

No obstante, están también quienes argumentan que el proyecto de ley debería tramitarse como una ley estatutaria basándose en argumentos que vale la pena tener en cuenta, ya que, desde su radicación en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el texto ha tenido algunas modificaciones. Los expertos quienes consideran que el trámite debe hacerse como una ley estatutaria se basan en cuestiones constitucionales y legales, algunas observaciones llevadas a cabo a propósito del modelo de prestación de servicios que se propone y la importancia del flujo y la gestión de los recursos financieros.

  1. En la reforma se plantea una transformación importante del modelo que se ha implementado desde la Ley 100 de 1993. De esta manera, al cambiar el rol actual de las EPS, las funciones de aseguramiento (administración, articulación y gestión del riesgo de la salud y financiero) pasarían, por ejemplo, a las Secretarías de Salud, los Centros de Atención Primaria en Salud, las Redes Integradas e Integrales de salud, las clínicas y hospitales, entre otros.

Este punto es importante por varias razones. La primera razón, tiene que ver con la libertad de escogencia y de movilidad entre EPS, la cual quedó consagrada en el artículo 153 de la Ley 100 de 1993, modificado a través del artículo 3 de la Ley 1438 de 2011. Este último ratificado en el artículo 6 de la Ley 1751 de 2015. Para lo expertos se vulnera la libertad de elección, ya que, tal y como lo plantea la reforma a la salud, los usuarios deberían inscribirse a los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (CAPIRS) en función de su lugar de residencia. De esta manera, con el nuevo sistema de salud se pasaría según Rodrigo Uprimny Yepes (Dejusticia, 2023) “de un modelo de múltiples entradas posibles a la atención en salud, en donde el usuario puede escoger entre diversas EPS”, a un modelo único representado en los CAPIRS.

De esta manera, se elimina la posibilidad que los usuarios elijan su asegurador de preferencia y es un tema que debe analizarse con detenimiento, ya que en varias ocasiones la Corte Constitucional se ha pronunciado sobre el derecho a libre escogencia de la EPS (sentencia T 010 de 2004 y sentencia C-313 de 2014), ya que considera “la libre escogencia como manifestación de la garantía de los derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas” (Sentencia C-313 de 2014).

En segundo lugar, aunque el proyecto le permite a las actuales EPS transformase en Gestoras de Salud, estas no tendrían las mismas funciones que hoy tienen, por ejemplo, en lo referente a los aportes y los recaudos. De esta manera, el proyecto de reforma modifica el proceso de afiliación y recaudo y el proceso de gestión integral del riesgo en salud. Asimismo, se modifica la destinación de parte de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), es decir, el proyecto si podría llegar a cambiar el ejercicio y la formas en la cual los usuarios acceden a los servicios de salud.

Al respecto, el artículo 152 de la Constitución Política establece que, por medio de las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará no sólo lo relativo a los derechos y deberes fundamentales, sino también, se encargará de hacerlo sobre los procedimientos y los recursos para garantizar su protección.

  1. La reforma también modifica la Ley 715 de 2001 a través de los artículos 75,76, 88, 89 y 90. Al respecto, es importante tener en cuenta que según los expertos se pretende reformar una ley orgánica mediante el trámite ordinario. Vale la pena recordar que según la Constitución Política de 1991 se debe tener en cuenta:
  • Si bien las leyes orgánicas no son normas constitucionales, si son “de naturaleza jerárquica superior a las demás leyes, cuando se refieren al mismo contenido material” (Sentencia C-337 de 1993). Igualmente, al ser “superiores” requieren para su aprobación la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra Cámara (artículo 151, Constitución Política de 1991).
  • Igualmente, en el Fallo No. 5242 de 2010 del Consejo de Estado se estableció que “la Ley 715 de 2001 es una ley orgánica, lo que significa que es únicamente al legislador ordinario al que le corresponde por otra ley de igual categoría realizar dicha modificación”.

Ahora bien, teniendo en cuenta estas consideraciones y el análisis que se ha presentado, es claro que el gobierno nacional tendrá que revisar profundamente cuál es la ruta legislativa que va acorde con las características del proyecto de ley.

Al incidir sobre la libre escogencia y sobre la garantía del derecho fundamental, muchos analistas han alertado sobre la inconveniencia de continuar su trámite, como se ha iniciado, por la ruta de la ley ordinaria. En caso de persistir en este procedimiento, la ley podría ser declarada inconstitucional por la Corte, si se comprueba que el trámite ha estado viciado por las consideraciones que ya hemos expuesto.

A manera de recomendación, es fundamental que los ajustes que se van haciendo al articulado del proyecto 339 sean consecuentes también con los alcances que la ley tendrá en la garantía del derecho a la salud en sus diversos aspectos y que se reconsideren y se hagan coherentes con el trámite que deberá surtir en el legislativo.  Sería muy grave que se incurra en un desgaste institucional que derive en la declaratoria de inconstitucionalidad por no escuchar las voces que desde distintos escenarios han llamado la atención sobre este asunto y, además, esto afectaría aún más las relaciones entre ejecutivo y legislativo y, lo que es peor, pondría en riesgo el acceso de los colombianos a los servicios de salud.

INNOS lanza herramienta interactiva para comparar propuestas de reforma a la salud en Colombia

INNOS lanza herramienta interactiva para comparar propuestas de reforma a la salud en Colombia

La Reforma al sistema de salud en Colombia es un tema que ha estado las últimas semanas en el centro del debate público, con la radicación de distintas propuestas que han sido radicadas en el Congreso de la República. A pesar de que el protagonismo lo ha tenido el Gobierno del Presidente Gustavo Petro, los Pacientes y varios partidos políticos no se han quedado atrás y han radicado propuestas alternas de reforma al sistema.

Ante esta situación, INNOS ha desarrollado una herramienta interactiva que compara las propuestas de reforma a la salud que actualmente cursan en el Congres. Esta herramienta tiene como objetivo facilitar el acceso a la información y mejorar la comprensión de los distintos proyectos de ley que están siendo discutidos.

Este recurso se presenta como una plataforma en línea que permite visualizar, de manera clara y sencilla, las principales propuestas de reforma presentadas por cada uno de los actores involucrados en el debate. Esta iniciativa de INNOS busca generar un espacio de diálogo y debate informado sobre la reforma a la salud en Colombia.

Además, es un intento para invitar a todos los ciudadanos a participar en esta discusión y aportar sus ideas y opiniones para construir un sistema de salud más justo, equitativo y sostenible. La herramienta está disponible en línea y es de acceso gratuito. Puede consultarla dando entrando a: https://view.genial.ly/63ff544470048d0010f8db07/presentation-comparativo-de-la-reforma-salud

Es importante destacar que la salud es un derecho fundamental de todos los ciudadanos, y que la construcción de un sistema de salud eficiente, justo y equitativo es una tarea de todos. Esta plataforma estará en constante actualización, conforme avanza la discusión de las propuestas en el órgano legislativo. Además, incluirá las voces y opiniones de otros actores que hacen parte del ecosistema.