¿La Reforma a la Salud implica una ley estatutaria u ordinaria?

¿La Reforma a la Salud implica una ley estatutaria u ordinaria?

Por: María Margarita Martínez Garbiras

Desde la campaña presidencial de 2022 el entonces candidato Gustavo Petro, hoy presidente de la república, propuso impulsar una serie de reformas en varios frentes. Uno de esos frentes fue la salud. De esta manera, el 13 de febrero de 2023 el gobierno nacional en cabeza de la ministra de salud, Carolina Corcho presentó una propuesta importante del sistema de salud. Al ser uno de los sectores más sensibles, el proyecto no ha estado exento de debates, en especial, uno que estuvo presente durante los primeros días de haberse radicado en la Cámara de Representantes, el trámite que debería dársele en el Congreso como ley ordinaria o ley estatutaria. Por lo tanto, el objetivo de este artículo es poner en conocimiento las dos posiciones que durante este primer semestre del año han abarcado los debates académicos y técnicos.

Dos posiciones sobre el trámite de la reforma a la salud

Aunque pareciera claro el trámite que deberían seguir los proyectos de ley en Colombia, para el caso de la reforma a la salud se ha generado un debate interesante por una razón puntual, desde la Ley 1751 de 2015 la salud es considerada un derecho fundamental y la Constitución Política de 1991 establece que la regulación de este tipo de derechos se debe hacer por medio de una Ley Estatutaria, en especial, lo relativo a los procedimientos y los recursos para la protección de estos.

Una ley estatutaria requiere de una serie de condiciones que vale la pena señalar, en primer lugar, solo pueden expedirse en una sola legislatura. En segundo lugar, deberá ser revisada por la Corte Constitucional y, por último, aunque no menos importante, este tipo de leyes no puede tramitarse a través de facultades extraordinarias del presidente de la república. En este sentido, las leyes de este tipo tienen un trámite riguroso que incluye puntos que no necesitan las leyes ordinarias.

Al respecto, el gobierno nacional ha insistido en varias ocasiones que considera que el trámite de la reforma debe hacerse bajo las características de las leyes ordinarias. Una posición basada en varios argumentos:

  • Si bien la salud es un derecho fundamental, el proyecto de reforma presentado por el gobierno busca modificar una ley ordinaria. En su momento la Ley 100 de 1993 fue tramitada como ley ordinaria, ya que la salud no era considerada como un derecho fundamental, es hasta la sentencia T-760 de 2008 y la Ley 1751 de 2015 que adquiere dicho estatus.
  • El proyecto de reforma del gobierno centra su atención en el cómo se debería garantizar el derecho a la salud, es decir, sienta las bases para reorganizar el sistema a través de las competencias con el fin de darle alcance a los objetivos de la Ley 1751 de 2015.
  • Y, aunque este proyecto de ley centra su atención en la salud, no necesariamente requiere un trámite como ley estatutaria. Al respecto, la Corte Constitucional ha mencionado en la sentencia C-756 de 2008:

que el trámite de ley estatutaria es de aplicación limitada y restrictiva, pues de lo contrario se produciría la petrificación del derecho. En este sentido, sólo aquellas disposiciones que tocan la estructura general del derecho, los principios sustanciales o el procedimiento específico de los derechos fundamentales, deben tramitarse a través de una ley estatutaria.

Asimismo, esa misma sentencia establece que la Corte Constitucional ha señalado cinco reglas interpretativas:

  1. La reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales es excepcional, en tanto que la regla general se mantiene a favor del legislador ordinario.

  2. La regulación estatutaria u ordinaria no se define por la denominación adoptada por el legislador, sino por su contenido material. Al respecto, esta Corporación ha aclarado que el “criterio nominal relativo a la denominación que el legislador le da a una ley es insuficiente. El legislador no podría, por ejemplo, dictar una ley que regule los principales derechos fundamentales y establezca reglas para su interpretación como si fuera una ley ordinaria, simplemente porque optó por llamarla “Código de Derechos Fundamentales”. Por eso, esta Corte ha señalado criterios adicionales al meramente nominal para determinar cuáles son las materias reservadas al legislador estatutario… De la jurisprudencia de la Corte sobre leyes estatutarias se observa una prelación de los criterios materiales sobre los puramente formales o nominales”. En consecuencia, el trámite legislativo ordinario o estatutario será definido por el contenido del asunto a regular y no por el nombre que el legislador designe.

  3. Mediante ley estatutaria se regula únicamente el núcleo esencial del derecho fundamental, de tal forma que, si un derecho tiene mayor margen de configuración legal, será menor la reglamentación por ley estatutaria.

  4. Las regulaciones integrales de los derechos fundamentales deben realizarse mediante ley cualificada.

  5. Los elementos estructurales esenciales del derecho fundamental deben regularse mediante ley estatutaria. De esta forma, es claro que la regulación puntual y detallada del derecho corresponde al legislador ordinario.

Por consiguiente, el gobierno argumenta que esta reforma no busca regular el derecho a la salud, pues esa fue la finalidad de la Ley Estatutaria de 2015, esta reforma centra su atención en la implementación de mecanismos de carácter técnico, financiero e institucional. Según, Gabriel Bustamante, director jurídico del Ministerio de Salud, la mayoría de las leyes que han modificado al sistema de salud en Colombia se han tramitado como leyes ordinarias y en Colombia desde 2015 tenemos la ley que regula a la salud como un derecho.

No obstante, están también quienes argumentan que el proyecto de ley debería tramitarse como una ley estatutaria basándose en argumentos que vale la pena tener en cuenta, ya que, desde su radicación en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el texto ha tenido algunas modificaciones. Los expertos quienes consideran que el trámite debe hacerse como una ley estatutaria se basan en cuestiones constitucionales y legales, algunas observaciones llevadas a cabo a propósito del modelo de prestación de servicios que se propone y la importancia del flujo y la gestión de los recursos financieros.

  1. En la reforma se plantea una transformación importante del modelo que se ha implementado desde la Ley 100 de 1993. De esta manera, al cambiar el rol actual de las EPS, las funciones de aseguramiento (administración, articulación y gestión del riesgo de la salud y financiero) pasarían, por ejemplo, a las Secretarías de Salud, los Centros de Atención Primaria en Salud, las Redes Integradas e Integrales de salud, las clínicas y hospitales, entre otros.

Este punto es importante por varias razones. La primera razón, tiene que ver con la libertad de escogencia y de movilidad entre EPS, la cual quedó consagrada en el artículo 153 de la Ley 100 de 1993, modificado a través del artículo 3 de la Ley 1438 de 2011. Este último ratificado en el artículo 6 de la Ley 1751 de 2015. Para lo expertos se vulnera la libertad de elección, ya que, tal y como lo plantea la reforma a la salud, los usuarios deberían inscribirse a los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (CAPIRS) en función de su lugar de residencia. De esta manera, con el nuevo sistema de salud se pasaría según Rodrigo Uprimny Yepes (Dejusticia, 2023) “de un modelo de múltiples entradas posibles a la atención en salud, en donde el usuario puede escoger entre diversas EPS”, a un modelo único representado en los CAPIRS.

De esta manera, se elimina la posibilidad que los usuarios elijan su asegurador de preferencia y es un tema que debe analizarse con detenimiento, ya que en varias ocasiones la Corte Constitucional se ha pronunciado sobre el derecho a libre escogencia de la EPS (sentencia T 010 de 2004 y sentencia C-313 de 2014), ya que considera “la libre escogencia como manifestación de la garantía de los derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas” (Sentencia C-313 de 2014).

En segundo lugar, aunque el proyecto le permite a las actuales EPS transformase en Gestoras de Salud, estas no tendrían las mismas funciones que hoy tienen, por ejemplo, en lo referente a los aportes y los recaudos. De esta manera, el proyecto de reforma modifica el proceso de afiliación y recaudo y el proceso de gestión integral del riesgo en salud. Asimismo, se modifica la destinación de parte de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), es decir, el proyecto si podría llegar a cambiar el ejercicio y la formas en la cual los usuarios acceden a los servicios de salud.

Al respecto, el artículo 152 de la Constitución Política establece que, por medio de las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará no sólo lo relativo a los derechos y deberes fundamentales, sino también, se encargará de hacerlo sobre los procedimientos y los recursos para garantizar su protección.

  1. La reforma también modifica la Ley 715 de 2001 a través de los artículos 75,76, 88, 89 y 90. Al respecto, es importante tener en cuenta que según los expertos se pretende reformar una ley orgánica mediante el trámite ordinario. Vale la pena recordar que según la Constitución Política de 1991 se debe tener en cuenta:
  • Si bien las leyes orgánicas no son normas constitucionales, si son “de naturaleza jerárquica superior a las demás leyes, cuando se refieren al mismo contenido material” (Sentencia C-337 de 1993). Igualmente, al ser “superiores” requieren para su aprobación la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra Cámara (artículo 151, Constitución Política de 1991).
  • Igualmente, en el Fallo No. 5242 de 2010 del Consejo de Estado se estableció que “la Ley 715 de 2001 es una ley orgánica, lo que significa que es únicamente al legislador ordinario al que le corresponde por otra ley de igual categoría realizar dicha modificación”.

Ahora bien, teniendo en cuenta estas consideraciones y el análisis que se ha presentado, es claro que el gobierno nacional tendrá que revisar profundamente cuál es la ruta legislativa que va acorde con las características del proyecto de ley.

Al incidir sobre la libre escogencia y sobre la garantía del derecho fundamental, muchos analistas han alertado sobre la inconveniencia de continuar su trámite, como se ha iniciado, por la ruta de la ley ordinaria. En caso de persistir en este procedimiento, la ley podría ser declarada inconstitucional por la Corte, si se comprueba que el trámite ha estado viciado por las consideraciones que ya hemos expuesto.

A manera de recomendación, es fundamental que los ajustes que se van haciendo al articulado del proyecto 339 sean consecuentes también con los alcances que la ley tendrá en la garantía del derecho a la salud en sus diversos aspectos y que se reconsideren y se hagan coherentes con el trámite que deberá surtir en el legislativo.  Sería muy grave que se incurra en un desgaste institucional que derive en la declaratoria de inconstitucionalidad por no escuchar las voces que desde distintos escenarios han llamado la atención sobre este asunto y, además, esto afectaría aún más las relaciones entre ejecutivo y legislativo y, lo que es peor, pondría en riesgo el acceso de los colombianos a los servicios de salud.

INNOS lanza herramienta interactiva para comparar propuestas de reforma a la salud en Colombia

INNOS lanza herramienta interactiva para comparar propuestas de reforma a la salud en Colombia

La Reforma al sistema de salud en Colombia es un tema que ha estado las últimas semanas en el centro del debate público, con la radicación de distintas propuestas que han sido radicadas en el Congreso de la República. A pesar de que el protagonismo lo ha tenido el Gobierno del Presidente Gustavo Petro, los Pacientes y varios partidos políticos no se han quedado atrás y han radicado propuestas alternas de reforma al sistema.

Ante esta situación, INNOS ha desarrollado una herramienta interactiva que compara las propuestas de reforma a la salud que actualmente cursan en el Congres. Esta herramienta tiene como objetivo facilitar el acceso a la información y mejorar la comprensión de los distintos proyectos de ley que están siendo discutidos.

Este recurso se presenta como una plataforma en línea que permite visualizar, de manera clara y sencilla, las principales propuestas de reforma presentadas por cada uno de los actores involucrados en el debate. Esta iniciativa de INNOS busca generar un espacio de diálogo y debate informado sobre la reforma a la salud en Colombia.

Además, es un intento para invitar a todos los ciudadanos a participar en esta discusión y aportar sus ideas y opiniones para construir un sistema de salud más justo, equitativo y sostenible. La herramienta está disponible en línea y es de acceso gratuito. Puede consultarla dando entrando a: https://view.genial.ly/63ff544470048d0010f8db07/presentation-comparativo-de-la-reforma-salud

Es importante destacar que la salud es un derecho fundamental de todos los ciudadanos, y que la construcción de un sistema de salud eficiente, justo y equitativo es una tarea de todos. Esta plataforma estará en constante actualización, conforme avanza la discusión de las propuestas en el órgano legislativo. Además, incluirá las voces y opiniones de otros actores que hacen parte del ecosistema.

La importancia de la financiación de la innovación

La importancia de la financiación de la innovación

En el año 2020 se publicó la décimo tercera edición del Índice Global de Innovación (GII)[1] con el patrocinio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Universidad de Cornell y el INSEAD. Dicho índice, entre otras cosas, da cuenta de la importancia de la financiación de la innovación como un aspecto de crucial importancia para los actores de este ecosistema. Esta financiación se puede generar a través de mecanismos tradicionales como los de apoyo público, inversiones por parte de empresas y mecanismos basados ​​en el mercado como préstamos de capital privado y capital de riesgo. También, hay métodos de financiación más recientes que incluyen empresas de riesgo, mercados de propiedad intelectual (PI), microfinanzas, crowdfunding y soluciones tecnológicas.

Si hablamos de la financiación estatal a la innovación, según la a Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), un país en vía de desarrollo debería invertir por lo menos el 1 % de su Producto Interno Bruto en actividades de Investigación y Desarrollo (I+D). Por su parte, el GII incorpora esta cifra, conocida en inglés como el GERD, como uno de los principales indicadores para medir qué tan innovador es un país.

Teniendo en cuenta este indicador, en 2020 los lideres por regiones fueron los siguientes países (entre una muestra evaluada de 120 naciones):

  • América del Norte: Estados Unidos (2.8 % – puesto 9) y (1.5 % – puesto 23).
  • Europa: Suiza (3.3 % – puesto 4), Suecia (3.3 % – puesto 3) y Reino Unido (7 % – puesto 21).
  • Asia suroriental y Oceanía: Singapur (1.9% – puesto 8), República de Corea (el 4.5 % – puesto 2) y Hong Kong (0.9 % – puesto 42).
  • Asia occidental y África del norte: Israel (4.9 % – puesto 1), Chipre (0.6 % – puesto 59) y Emiratos Árabes (1.3 % – puesto 29).
  • África subsahariana: Suráfrica (0.8 % – puesto 45), Kenia (0.8 % -puesto 47) y Tanzania (0.5 % – puesto 66).
  • Asia central y del sur: India (0.6 % – puesto 57), Irán (0.8 % – puesto 44) y Kazajstán (0.1 % – puesto 101).
  • América Latina y el Caribe: los países que ocuparon los tres primeros lugares fueron Chile (0.4 % – puesto 75), México (0.3 % – puesto 79) y Costa Rica (0.4 % – puesto 71). Por otra parte, Colombia con el 0.2 % ocupa el puesto 87 de 120 países.

Al analizar estos datos, se evidencia que América Latina se encuentra rezagado frente a los líderes de innovación en el apartado del financiamiento de la CTI con fondos públicos, teniendo en cuenta que, por ejemplo, Chile, país que lidera en la región, invierte 12 veces menos que el líder mundial en GERD que es Israel.

Ahora bien, en lo que se relaciona con el capital privado como fuente de recursos para actividades de CTI, el GII indica que la falta de mecanismos de financiamiento puede conducir a una falta de inversión en innovación. En otras palabras, si la innovación supone altos retos para su financiamiento, los inversionistas se decantarán más hacia unos sectores que a otros con el fin de minimizar los riesgos sobre su inversión y obtener el retorno deseado sobre el capital invertido. Esto es particularmente cierto cuando el riesgo tecnológico asociado con una innovación es demasiado alto, cuando los empresarios solo tienen activos intangibles como garantía o en economías emergentes donde los mercados financieros aún deben fortalecerse[2].

Uno de los mecanismo que podría llevar que se inviertan recursos del sector privado en innovación es la propiedad intelectual, pues los activos intangibles están muy ligados al desempeño corporativo, por ejemplo, estos activos representan el 90 % del valor de las principales empresas en el mundo que cotizan en bolsa[3]. Además, son instrumentos que, a la hora de buscar financiación se pueden usar como garantía de respaldo. Sin embargo, para algunos inversionistas no son atractivos, dadas las condiciones mismas del desarrollo de invenciones en ciertos sectores: varios años para su investigación, más procesos regulatorios.

Un claro ejemplo es el sector salud, donde al revisar los tiempos, incertidumbre e inversión requerida para el desarrollo de un medicamento, la situación no es la más deseable, caso opuesto en sectores como las tecnologías de la información y las comunicaciones, en las que se advierten retornos muy rápidos. A modo de ilustración, la tasa general de éxito de un medicamento desde la fase de estudios clínicos hasta la aprobación por parte de la Agencia Regulatoria de Estados Unidos (FDA[4]) es de casi el 10 %, lo que significa que de cada diez prospectos de fármacos tan sólo uno llega a la fase de comercialización[5]. Por otro lado, en cuanto a las solicitudes de patentes de medicamentos, para el año 2020[6] solo se aprobaron el 48 %, es decir de cada dos solicitudes de patente, una es negada.

Es preciso afirmar entonces que existe una gran diferencia entre financiar desarrollos de tecnologías en salud y financiar el desarrollo de otras tecnologías. Por eso la propiedad intelectual y el conjunto de políticas que garantizan su protección deben blindarse de demoras injustificadas tanto por las entidades regulatorias, como de la oficina de patentes. Esto podría contribuir a que los innovadores en salud puedan conseguir mayores apoyos económicos en sus procesos. Así las cosas, si bien la propiedad industrial no garantiza el éxito comercial de un proyecto innovador, sí resulta una herramienta que permite obtener financiación de proyectos en salud y contribuye a la creación de ciclos virtuosos de innovación.

Finalmente, todo esto nos lleva a precisar que, en referencia a la financiación de la innovación presentada en el GII[7], ningún instrumento de política de innovación por sí mismo puede resolver los problemas que un país podría enfrentar en este aspecto, en tanto, son los gobiernos quienes deben implementar una estrategia articulada de políticas y directrices que respondan a los diferentes obstáculos para el financiamiento de la innovación y la consecución de fondos. En este sentido, podrían sumarse tres acciones principalmente: en primer lugar, los gobiernos deben garantizar la eliminación de los riesgos asociados con la financiación de desarrollos tecnológicos, pues es innegable que existe una menor avidez de los capitalistas de riesgo por las empresas en su etapa inicial y de los sectores basados ​​en la ciencia. En segundo lugar, los gobiernos podrían fungir como capitalistas de riesgo, en otras palabras, podrían destinar fondos de capital administrados por el sector público. Cabe aclarar que no se trata solamente de generar dichos fondos, sino también que las políticas estén enfocadas a incluir iniciativas para promover una cultura de innovación, emprendimiento y desarrollo de habilidades financieras, con el objetivo de que se comprendan y se aprovechen de mejor manera los instrumentos públicos y privados dedicados a financiar proyectos de innovación. Por último, en tercer lugar, se debe permitir que los mercados financieros se conviertan en mecanismos que estimulen la innovación, al eliminar barreras legales como pueden ser altos impuestos y falta de regulación para el capital empresarial.

[1] https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_gii_2020.pdf

[2] https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_gii_2020.pdf

[3] https://www.visualcapitalist.com/the-soaring-value-of-intangible-assets-in-the-sp-500

[4] Food and Drug Administration.

[5] https://archive.bio.org/media/press-release/new-study-shows-rate-drug-approvals-lower-previously-reported

[6] https://www.uspto.gov/learning-and-resources/statistics

[7] https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/en/wipo_pub_gii_2020.pdf

 

Fuentes:

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Panorama de la Salud para el nuevo Congreso

Panorama de la Salud para el nuevo Congreso

Por: Brandon Hernández

El pasado 20 de julio tomaron posesión a través de una ceremonia solemne, los 108 senadores y 188 representantes a la cámara que conforman el nuevo Congreso de la República 2022-2026. El Gobierno del Presidente electo Gustavo Petro tendrá una gobernabilidad favorable con el apoyo de las bancadas alternativas, del Partido Liberal y la puerta abierta de otros partidos tradicionales que se declararon en independencia. La posesión de los nuevos congresistas significa un nuevo contexto para el legislativo y un cierre de periodo histórico, al ser el término de un Congreso que afrontó la Pandemia.

La agenda de salud que cursó en el Senado y la Cámara fue intensa, el contexto lo impulsaba y las sinergias con el Gobierno saliente son claras. Por la dinámica de salud pública vale la pena mencionar que según datos del MinSalud, en los últimos cuatro años se asignaron $15,89 billones para la atención de la pandemia. Igualmente, se destaca por parte del Congreso la discusión de iniciativas legislativas como: la ley de residentes, la prohibición del asbesto, seguridad farmacéutica, las barreras de los anticonceptivos, la prevención del Cáncer de Mama, la política nacional de salud mental,  la dignificación del talento humano en salud, la licencia menstrual, entre otras.

Además, en mayo del 2021 la Comisión VII de la Cámara de Representantes y el Senado de la República, por medio de una sesión en conjunto, decidieron archivar el proyecto de ley que pretendía una restructuración del sistema de salud colombiano (010) con 11 votos a favor y dos en contra. De hecho, la reforma a la salud fue un tema de total interés entre los candidatos presidenciales, siendo la de Gustavo Petro la que tuvo mayor discusión, al plantear un sistema único, público, universal, preventivo, participativo, descentralizado e intercultural, que no dependa de la capacidad de pago, y que apunta a la eliminación de las EPS.

Sin embargo, la designada nueva ministra de salud Carolina Corcho, afirmó que la reforma a la salud no tendrá mensaje de urgencia para el nuevo Congreso y será presentada en 2023, con un proceso de aplicación transicional de dos años, lo que significa que se implementaría por completo para 2025. Uno de los objetivos que perseguirá el nuevo Ministerio de Salud con esta reforma es poder estabilizar el funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), alrededor de todo el territorio nacional y garantizar el derecho a la salud de la población, especialmente para quienes viven en situación de pobreza. No obstante, existen inquietudes y comentarios de algunos actores del sector que deben ser gestionados por esta cartera.

En cuanto a los retos en salud que deberá afrontar el nuevo Congreso de la República, Juan Carlos Giraldo, presidente de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, destaca que “existen tres conceptos claves sobre los cuales tendrá que hacer énfasis el próximo gobierno: en la coyuntura, en razón a que la pandemia no ha terminado y hay que manejar la dualidad de lo covid y lo no covid, es decir, reapertura inteligente de servicios; en el Plan Nacional de Vacunación, que se debe finiquitar, y en el acuerdo de punto final, así como otras medidas financieras y actividades de vigilancia por parte de la Superintendencia de Salud”.

Para Gabriel Carrasquilla, vicepresidente de la Academia Nacional de Medicina, el principal reto que tendrá el próximo gobierno es precisamente el desarrollo de esa ley, la cual consagra la salud como un derecho fundamental autónomo, garantiza su prestación, la regula y establece sus mecanismos de protección.

Por su parte, la entrante Ministra de Salud Carolina Corcho, tras el proceso de empalme que se ha venido realizando con el Gobierno Duque, ha identificado cinco retos en los que enfocará sus esfuerzos, una vez posesionada en su cargo el próximo 7 de agosto. El primero de estos es desarrollar un modelo de atención primaria en salud preventiva, en la que los datos permitan predecir los peligros que puede afrontar un paciente y así evitar enfermedades. El segundo reto tiene relación con la creación de un sistema único de información público e integrado, permitiendo transparencia en los recursos de la salud, el tercer desafío está relacionado con la gestión de las EPS del país. El siguiente reto es atender los determinantes sociales de la salud y por último se encuentra la dignificación de los trabajadores de la salud, sobre lo cual asegura que el sistema de salud tiene el 70% de su personal en condiciones de precariedad.

En este sentido, si bien la salud tendrá un papel muy importante para el Gobierno entrante, también hay expectativa sobre lo que afrontará el nuevo Congreso. En las comisiones 7mas del Senado y de la Cámara, que discuten temas de salud, habrá por lo menos 8 y 16 nuevos miembros respectivamente. El ecosistema de actores está abierto a la conversación para discutir las iniciativas que permitan al país transitar hacia el fin de la pandemia, pero también con miras a superar los desafíos estructurales del sistema que tiene el país.

Fuentes:

Congreso de la República – Foto: AFP de la página web de noticias RCN: https://www.noticiasrcn.com/colombia/cronica-instalacion-congreso-de-la-republica-2022-2026-424733

¿Qué tenemos y qué necesitamos? Las propuestas de los candidatos frente a los datos del sistema de salud

¿Qué tenemos y qué necesitamos? Las propuestas de los candidatos frente a los datos del sistema de salud

El debate electoral en curso ha reeditado la discusión alrededor de las reformas y ajustes que requiere el sistema de salud colombiano. Los programas de gobierno difundidos por los candidatos, y sus declaraciones públicas orientadas a tratar los temas de salud, muestran una diversidad de enfoques y propuestas que ofrecen desde reformas estructurales hasta ajustes menores. Como es habitual en estos escenarios, las diversas campañas sugieren la puesta en marcha de cambios efectivos que aspiran mejorar las condiciones actuales del sistema de salud, buscando así atraer la atención y simpatía del público. 

Sin embargo, cabe cuestionar si la dinámica electoral resulta suficiente para comprender las necesidades y desafíos que actualmente tiene el sistema de salud en Colombia. Si bien esta coyuntura constituye un escenario natural para la deliberación y el contraste de propuestas, enfoques y visiones alrededor de los asuntos públicos, también es cierto que las elecciones favorecen la proliferación de discursos orientados a satisfacer las expectativas de la población, en detrimento de la formulación de propuestas concretas que se correspondan con la realidad política, económica y social del país. Por esta razón, es conveniente presentar un análisis que formule un diagnóstico de los logros y dificultades que actualmente tiene el país en materia de salud, y que lo contraste con las propuestas más destacadas de los candidatos que aspiran ejercer la presidencia de la República por los próximos cuatro años. En este ejercicio, por cuestiones de espacio, se analizan las propuestas de los dos candidatos más opcionados, lo que no significa que los demás no tengan aportes valiosos que también puedan ser recogidos por análisis posteriores (mira aquí los análisis de programas de los candidatos).

¿Qué sistema tenemos hoy?

En la actualidad no existe un diagnóstico unánime sobre las bondades y dificultades del sistema de salud colombiano. Algunas posturas señalan que los avances del país en materia de aseguramiento, cobertura e indicadores de morbimortalidad son atribuibles a la reforma de 1993; otras, por el contrario, afirman que el modelo actual ha conllevado ineficiencias y pérdidas de recursos innecesarias, las cuales impiden el goce efectivo del derecho a la salud en Colombia. Frente a este escenario de contrastes, vale la pena trazar una línea de base que establezca algunas certezas sobre el contexto dentro del cual ha surgido esta discusión, y que permita observar el panorama sobre el cual se fundan las propuestas programáticas de los candidatos.

En primer lugar, cabe reconocer que el país ha logrado avances significativos en términos de equidad en el acceso a los servicios de salud. Hay estudios que muestran que Colombia es uno de los países de América Latina con mayor índice de cobertura efectiva (74%), lo que implica que los servicios de salud tienen la calidad suficiente para generar ganancias en salud a un porcentaje mayoritario de la población. Así mismo, el país ha conseguido establecer mecanismos de protección financiera eficaces (e.g. la cuenta de alto costo), orientados a mitigar el impacto económico de las enfermedades catastróficas en la población y a desestimular fenómenos de selección adversa; esto ha llevado, por ejemplo, a que Colombia sea uno de los países de la región que más disminuyó su gasto de bolsillo en los últimos 20 años, pasando de 38% en 1995 a 15% en 2020. De la misma manera, vale destacar que la ley 100 definió un plan de beneficios en salud (PBS) que, a pesar de varias dificultades, ha sido actualizado de manera gradual para incluir tecnologías, servicios y tratamientos novedosos, y cuya existencia permite que los afiliados tengan derecho a acceder a un mismo “paquete de beneficios”, más allá de su capacidad de pago; igualmente, la definición de un PBS le brinda certezas a los actores del sistema, en tanto define aspectos centrales para la gestión del riesgo financiero y el goce efectivo del derecho a la salud.  Adicional a lo ya mencionado, según un estudio publicado recientemente por el MinSalud, el 78 % de los usuarios valoraron positivamente su experiencia en el uso de los servicios, mientras que el 62 % estimó que resultaba fácil acceder a ellos. También cabe resaltar una disminución constante en indicadores sensibles de salud pública, como la mortalidad infantil y la desnutrición.

Este panorama optimista contrasta con las dificultades que aún no logra resolver el sistema de salud. Por un lado, se mantienen las barreras para que los usuarios accedan a los servicios incluidos en el PBS; de acuerdo con la Defensoría del Pueblo, en 2019 se interpusieron más de 200.000 acciones de tutela relacionadas con el derecho fundamental a la salud, lo que representó un 33 % del total de tutelas impuestas en el país, de éstas el 79.9 % fueron resueltas a favor de los accionantes, lo que indica un alto grado de pertinencia. Por otro lado, están sin zanjar las brechas territoriales que promueven la concentración de la oferta (en particular la especializada) en los grandes centros urbanos, afectando el acceso de los usuarios que habitan áreas rurales y, en consecuencia, vulnerando su derecho a la salud. En el diseño actual del sistema, los incentivos están puestos donde existen más afiliados con mayor capacidad de pago, lo que conlleva a un descuido de las poblaciones dispersas y con menos recursos económicos. Así mismo, persiste la billonaria deuda que tienen algunas EPS (varias ya liquidadas) con prestadores y proveedores, la cual, no sólo perjudica el acceso a los servicios, sino que mina la confianza sobre la adecuada administración de los recursos públicos de la salud; si bien el gobierno actual ha avanzado en un acuerdo de punto final para mitigar los efectos de la deuda, se cuestiona que sea el Estado quien finalmente asuma el riesgo financiero dentro del sistema.

Este panorama, que sin duda comprende más matices y complejidades que las que aquí se han relacionado, ofrece una línea de base para contrastar las principales propuestas de los dos candidatos más opcionados a llegar a segunda vuelta en las elecciones que se avecinan: Gustavo Petro y Federico Gutiérrez. Por ello, vale la pena considerar algunas de sus propuestas, buscando establecer si resultan coherentes con las necesidades que actualmente tiene el sistema de salud colombiano.

Hacia un sistema único de salud: Gustavo Petro

El núcleo de la propuesta de Gustavo Petro apunta a la creación de un sistema único, público y universal en el cual las redes de servicios sean conformadas a través de Consejos Territoriales de Salud (CTS) y los recursos financieros manejados por un Fondo Único de Salud (FUS) con capítulos territoriales (vea aquí el análisis de la propuesta). En la práctica, este modelo implica apartar a las EPS de su función actual, para que el FUS y los CTS asuman los pagos y la articulación entre usuarios y prestadores. Estos cambios, que requieren una reforma de la ley 100, estarían acompañados por el reforzamiento de la atención primaria, el énfasis en la prevención y la predicción, y el incremento de los recursos de la red pública.

Ante esta propuesta surge el interrogante sobre su pertinencia frente a los retos que actualmente tiene el sistema. Por un lado, no hay certezas sobre cómo el desmonte de las capacidades instaladas en las EPS puede contribuir a superar las barreras de acceso que existen actualmente; si bien estas entidades son responsables de los trámites administrativos que muchas veces impiden el acceso de los usuarios a los servicios a que tienen derecho, nada asegura que esas barreras desaparecerán con un sistema coordinado por unas nuevas instituciones públicas. De hecho, una de las advertencias que se han formulado a propósito de esta iniciativa, es que los CTS podrían tener dificultades para articular nuevas redes de servicios, lo cual generaría otro tipo de barreras relacionadas con la oportunidad en la prestación. Ahora bien, a favor de la propuesta, podría pensarse que la desaparición de un “intermediario” contribuye a reducir las brechas en el acceso a los servicios de salud y agilizar el pago de las cuentas; sin embargo, para que esto se concrete se requiere la construcción de una nueva institucionalidad en las entidades territoriales (llamadas a liderar los CTS), con la capacidad técnica y administrativa para gestionar todos los procesos que hoy hacen las EPS. Frente a esa necesidad, surge la pregunta si resulta conveniente construir esa nueva capacidad institucional, desmontando la que ya existe. Por otro lado, cabe destacar la apuesta de la campaña por enfocar el sistema de salud en la prevención y por destinar más recursos a la red pública, aunque esto debería acompañarse de precisiones alrededor de las fuentes de financiación y definir los mecanismos para darle un uso adecuado a los recursos.

El énfasis en la eficiencia: Federico Gutiérrez

Federico Gutiérrez se ha enfocado en proponer acciones de corte gerencial para mejorar la atención y experiencia de los usuarios, conservando la arquitectura actual del sistema y los mecanismos dispuestos por la ley 100. Su apuesta está orientada a establecer indicadores de desempeño y metas que mejoren la eficiencia, buscando con esto que los actores reciban incentivos de acuerdo con los resultados que obtienen; así mismo, su programa se centra en la introducción de instrumentos digitales y telemedicina, con el propósito de reducir costos, permitir la interoperabilidad del sistema y reducir las brechas en el acceso. Además, menciona la necesidad de crear alianzas entre prestadores, aseguradores y entidades territoriales, estableciendo metas de servicio (vea aquí el análisis de la propuesta).

El énfasis de la propuesta de Gutiérrez es la eficiencia: un elemento que puede resultar necesario, aunque no suficiente, para enfrentar los desafíos que hoy tiene el sistema de salud. Por un lado, es claro que mejorar la eficiencia puede contribuir a agilizar la prestación de los servicios y, en consecuencia, a reducir las barreras de acceso; igualmente, la introducción de procesos de compra mediados por la tecnología ayuda a que las transacciones sean más transparentes, facilitando el manejo de los recursos financieros. Sin embargo, llama la atención que la propuesta no menciona el fortalecimiento de los mecanismos de vigilancia y control, lo cual genera inquietudes sobre la capacidad de los actores de autorregularse. En este sentido, cabe recordar que uno de los problemas que tiene el sistema es que los procesos de vigilancia y sanción no son eficaces, razón por la cual muchos de los actores incumplen sus obligaciones sin mayores consecuencias. Por ello, sorprende que la propuesta se centre en afinar ciertos procesos y en establecer nuevas reglas para los actores del sistema, pero se olvide de los mecanismos para garantizar que se cumplan. De hecho, resulta inquietante que Gutiérrez propone unificar los enfoques de control por ineficientes (incluidas las superintendencias), lo cual podría restarles capacidades a las instituciones que actualmente se encargan de vigilar y sancionar a los actores que no cumplen. Un punto a favor de la propuesta es la idea de crear alianzas entre aseguradores, prestadores y entes territoriales para la provisión de servicios, alrededor de metas y estándares de calidad, lo cual podría contribuir a reducir las brechas en los territorios. Sin embargo, falta que la propuesta puntualice cómo constituir y financiar esas alianzas, pues su implementación no dependerá, exclusivamente, de la voluntad de los actores.

¿Cómo avanzar?

Ciertamente, las dos propuestas analizadas hacen contribuciones que apuntan a mejorar el sistema de salud y, a través suyo, a promover el bienestar de la población colombiana. Así mismo, ambas generan interrogantes sobre su viabilidad y su coherencia con los desafíos que actualmente tiene el país. Las complejidades propias de los sistemas de salud impiden que sus problemas sean resueltos con fórmulas milagrosas, por el contrario, es necesario acometer ajustes constantes y progresivos que sean evaluados y afinados con regularidad. Ante esto, vale la pena señalar algunos elementos para enriquecer las propuestas programáticas, entendiendo que estas se construyen en el debate público y en función de realidades puntuales que también son dinámicas. En primer lugar, vale la pena insistir en la pertinencia de reconocer y potenciar las capacidades instaladas en el sistema, y en particular, aquellas que emergen de los actores y sus interacciones. No parece coherente que la ruta para mejorar el funcionamiento y resultados del sistema de salud sea el desmonte de aquello que funciona como estrategia para corregir lo que no funciona. Segundo, es importante identificar y reconocer los avances y aprendizajes que nos proporciona el sistema actual, buscando que las propuestas que buscan hacer cambios estén alineadas con las necesidades identificadas; esto, desde luego, implica tener la voluntad de emprender transformaciones, pero también, la prudencia de conservar aquello que ofrece buenos resultados. Finalmente, es importante que las propuestas identifiquen fórmulas novedosas que permitan mejoras en el sistema de salud y que sean consecuentes con sus complejidades; sin embargo, es deseable que estas fórmulas dialoguen con las realidades sociales, políticas y financieras del país, para que no terminen siendo promesas incumplidas que afectan la confianza de la sociedad sus instituciones.

Foto de National Cancer Institute en Unsplash

Retos, Oportunidades y Dificultades para la Investigación Clínica en Colombia

Retos, Oportunidades y Dificultades para la Investigación Clínica en Colombia

Este 20 de mayo celebramos el día mundial de la investigación clínica, entendiendo esta, como aquella actividad científica llevada a cabo en seres humanos, donde se busca identificar o descubrir los efectos clínicos que pueden tener los medicamentos o los dispositivos médicos en investigación, para así determinar su seguridad y efectividad. Considero que vale la pena aprovechar esta importante fecha y de tanta trascendencia, para resaltar algunos conceptos que nos permitan entender, aterrizar y por qué no, animar y despertar la curiosidad para conocer un poco más del maravilloso mundo de la investigación clínica.

Actualmente, la investigación clínica es una de las actividades con más expectativas de crecimiento a nivel global. La comunidad internacional, en este momento ha vuelto a ver a la investigación, como aquella actividad científica y de alto interés para la seguridad de la población mundial, tal como ocurrió en sus inicios con el estudio sobre vitamina C y escorbuto de James Lind en 1.747 y Alexander Fleming con la penicilina en 1.928.

Hoy, a raíz de la situación ocasionada por el COVID-19, ha permitido que una actividad de tanto valor y entrega científica, en ocasiones desconocida, interrogada y muchas veces subvalorada como es la investigación clínica, sea en este momento uno de los grupos más reconocidos a nivel mundial, que ofrecen una esperanza, capaz de volver a dar la estabilidad mundial, afectando positivamente la salud, la oportunidad de trabajo la sostenibilidad del sistema y por ende, la perdurabilidad de la raza humana.

Todas las actividades a nivel mundial tienen un antes y un después del COVID-19, y el mundo de la investigación clínica también. Previamente, el crecimiento de los estudios que eran realizados en diferentes áreas, como alternativas terapéuticas, evidenciado en www.clinicaltrials.gov, cambió desde diciembre 2019, donde el número de protocolos aumentaron, con un enfoque único: encontrar alguna solución para la pandemia que estábamos enfrentando.

Colombia no ha sido ajena a esta situación. Actualmente, es un país que está llevando a cabo estudios clínicos, en conjunto con la industria farmacéutica, para el desarrollo de vacunas, manejo crítico en pacientes con COVID-19, protocolos propios de terapias alternativas para el manejo de estos pacientes, diseño industrializado de ventiladores, equipos de reanimación, implementación de elementos básicos de protección para el personal de salud y la población en general. Esto ha permitido que de una u otra forma el país entienda, acepté y apoye la ardua labor de todos los que vemos en la investigación un campo de la salud importante, el cual conlleva a brindar estabilidad, seguridad y optimismo a los colombianos.

En Colombia se ha trabajado desde hace varios años, dándole estabilidad y mantenimiento a todos los actores de la investigación clínica, gracias al compromiso y entrega de grupos de trabajo como INTIC (Iniciativa Nacional para Transformar la Investigación Clínica en Colombia) conformado por AFIDRO, AVANZAR Y ACIC, quienes en colaboración con entidades gubernamentales, como el INVIMA, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Salud y las Secretarías de Salud de los diferentes departamentos del país, apoyados por los comités de ética, buscan que la investigación clínica basada en parámetros rigurosos de calidad, pueda brindar lo más importante que es la seguridad de todos los individuos que participan voluntariamente en un estudio clínico.

En nuestro país, se desarrollan protocolos de investigación hace más de 40 años, lo que brinda un recurso humano profesional, con amplia experiencia, centros de investigación certificados en buenas prácticas clínicas y con altos estándares de calidad. Estas son algunas de las fortalezas que debemos rescatar, para darle más importancia y relevancia al papel de la investigación dentro de la economía, siendo un incentivo para buscar continuamente las oportunidades de mejora y lograr ser más competitivos.

Debemos reconocer que tenemos ciertas limitaciones, que están relacionadas con el músculo financiero que debe tener un centro, y todos los actores de la investigación, (CRO, comités de ética, proveedores, laboratorios, entre otros), para desarrollar protocolos de investigación, más cuando conocemos que es una actividad muy variable, donde depende única y exclusivamente de los protocolos que lleguen al país.
El lograr que nuestro país, desarrolle más protocolos de investigación, redundará en mayor inversión extranjera, mayor preparación, especialización de los diferentes equipos de investigación, más oportunidades de trabajo y mayor producción de material científico; para en conjunto obtener una mejor estabilidad laboral y aporte a la economía de nuestro país.

Por lo anterior, Colombia debe ser atractiva para traer cada día más protocolos, brindando así una estabilidad económica, un mayor aprendizaje, una mayor capacidad desarrollar estudios clínicos y por ende mayor impacto y afectación positiva dentro de la población colombiana.

Debemos trabajar para que aquellas amenazas existentes, detectadas a nivel mundial y a nivel país se vuelvan oportunidades de mejora. Es así como el grupo de trabajo INTIC, con el acompañamiento del INVIMA, busca constantemente obtener para el país, una mejor calificación a nivel mundial y de esta forma, lograr convertirnos en un Hub de investigación clínica internacional.

Para lograrlo, debemos trabajar en ser más eficientes en trámites regulatorios, en cumplimiento de metas, tiempos, y aportar elementos que contribuyan al buen desarrollo de los protocolos de investigación, con el fin de ser más competitivos a nivel global.
Colombia cuenta con un cubrimiento en salud cercano al 94%, si transformamos la investigación clínica en un actor importante dentro de nuestro sistema de salud, un alto porcentaje de pacientes se podrían beneficiar al participar libre y voluntariamente en estos protocolos, pudiendo tener acceso a tecnología de punta y medicamentos de última generación, en aquellas condiciones de salud donde sus tratamientos actuales no son suficientes para preservar y brindar una mejor calidad de vida.

La experiencia, la seriedad, los entes de control y la credibilidad son parte vital de la investigación actual de nuestro país; la pasión, el optimismo y las ganas para continuar explorando el apasionante mundo del conocimiento y de la investigación clínica es lo que nos llevará a posicionarnos en el lugar que Colombia merece estar.

 

Carlos Augusto Pérez Niño MD, CCD
Miembro Línea de Investigación en Osteoporosis Asociación Latinoamericana de Endocrinología Ginecológica
Miembro comité asesor Asociación Colombiana de Centros de Investigación Clínica
Expresidente Asociación Colombiana de Centros de Investigación Clínica
Miembro International Society for clinical Densitometry (ISCD)
Densitometrista Clínico- Cl. del Country
Expresidente Asociación Colombiana de Osteoporosis (ACOMM)
Expresidente Asomenopausia – capítulo Bogotá
Investigador Clínico