Una nueva propuesta de reforma a la salud fue radicada en el Congreso. Este nuevo proyecto, con fecha del 9 de julio de 2024, busca reorganizar el Sistema General de Seguridad Social en Salud para garantizar el derecho fundamental, siguiendo los parámetros establecidos por la Ley Estatutaria 175. Para ello, la iniciativa establece un Modelo de Atención en Salud preventivo, predictivo y resolutivo, fundamentado en la Atención Primaria en Salud (APS) y, entre otras disposiciones relevantes, crea el Consejo Nacional de Salud (CNS) para vigilar y adoptar políticas públicas en salud.
En términos generales, el proyecto que es una iniciativa de la sociedad civil, en este caso representada por la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, cuenta con el respaldo del gremio de profesionales sanitarios del país, agrupados en 21 asociaciones de salud.
Los aspectos más relevantes de esta iniciativa legislativa pueden analizarse de la siguiente manera:
- Reorganización del sistema de salud: mediante el modelo preventivo, preventivo y resolutivo estructurado desde la APS.
- Creación del Consejo Nacional de Salud: conformado por 15 personas, de las cuales 6 hacen parte del gobierno nacional, 1 de los gobiernos territoriales, 1 de las IPS y de las ISE, 1 de las Gestoras de Salud y 6 representantes de la sociedad civil. También se dispone la creación de Consejos Territoriales. El CNS tendrá como funciones definir la metodología para calcular la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y promover políticas de salud, entre otras
- Modelo de atención en salud: centrado en la prevención, predicción y resolución, integrando promoción de salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos. Incluye servicios complementarios, licencias de maternidad y se fundamenta en los CAPS, con sus equipos básicos de salud EBS y articulado por el Sistema Único de Información en Salud SUIS
- Redes Integrales e Integradas: conjuntos de organizaciones (IPS) integradas para prestar servicios individuales y colectivos con eficiencia, equidad, integralidad y continuidad en un territorio. Funcionarán con un sistema de referencia y contrarreferencia que el Ministerio deberá organizar, así como los términos para conformar las RIISS.
- Fortalecimiento de la red pública de servicios de salud, financiada con subsidio a la oferta y a la demanda. El MSPS deberá construir un plan integral para su desarrollo.
- Transformación de las EPS y EAPB. Se denominarán Entidades Gestoras de Salud (EGS) y continuarán operando hasta por 2 años más siempre que cumplan las condiciones mínimas de permanencia. Se establecen los parámetros para las actuales EPS que decidan continuar operando.
- Financiamiento del sistema de salud: se adicionan recursos del PGN de forma creciente y anual, el recaudo de los impuestos saludables (Ley 2277) y nuevos recursos que disponga el gobierno. Medicamentos, insumos y tecnologías serán exentas de IVA. La UPC será definida por el CNS anualmente. Con base en estudios técnicos independientes. A la ADRES se le adicionan funciones de gestión del riesgo financiero, giro directo en nombre de las Gestoras a las IPS, pagador único del sistema, giro del valor administrativo a las EGS, giros del subsidio a la oferta a los CAPS por los EBS, gestión de cuentas, pagos y transferencias, auditorías para reconocimiento y pago, garantizar el flujo de recursos para promoción y prevención y a los hospitales; entre otras.
- Política Farmacéutica Nacional. El ministerio emitirá la PFN con base en lo dispuesto en la Ley 1751. El INVIMA estará a cargo del mejoramiento de información y educación sanitaria, transferencia tecnológica y desarrollo de capacidades, en conjunto con el INS. El gobierno avanzará en el control de precios de medicamentos con base en comparaciones internacionales, de forma progresiva y según lo defina el MSPS. Los Servicios farmacéuticos hacen parte del sistema de salud. El Estado deberá garantizarlos.
- Régimen laboral para el sector salud. Se crea entonces el régimen laboral especial que incluirá la Carrera administrativa especial del sector salud, el régimen salarial especial, pago oportuno, jornada ordinaria máxima de 42 horas semanales, salud y seguridad en el trabajo, teletrabajo, prestaciones económicas, protección contra el acoso laboral, condiciones de desarrollo de la relación docencia-servicio, condiciones del SSO y de los médicos residentes, entre otras disposiciones.
- Autonomía profesional: La autonomía estará garantizada a los profesionales de la salud. No se requerirán autorizaciones administrativas adicionales dentro de las RIISS.
- Política Nacional de Talento Humano en Salud. Se incluirán prioridades de formación, la generación de incentivos para realización de prácticas en zonas rurales y dispersas, estímulos para formación en las áreas priorizadas, mecanismos de ingreso a posgrados según las necesidades sectoriales y territoriales, entre otros. Habrá un Examen único Nacional habilitante para especializades médico quirúrgicas y de salud pública.
- IVC en el sistema de salud. Continuará a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud para garantizar la calidad y eficiencia en la prestación de servicios de salud. Se incluyen funciones de análisis de las evaluaciones generales y de los reportes del CNS y los CTS, así como los reportes del SUIS. Se amplían competencias y facultades a la SNS.
- Régimen de Transición: Durante la transición al nuevo sistema de salud ningún ciudadano podrá quedar desprotegido del goce efectivo del derecho a la salud. El periodo de transición será de 3 años. Los Regímenes exceptuados continuarán regidos por las disposiciones vigentes y por la Ley 1751.
Se observan varios aspectos que se habían tratado en los debates en Cámara de Representantes durante la discusión del proyecto de Ley del Gobierno, y que se retoman en esta iniciativa. Por ejemplo, se resalta la definición de la UPC anual por parte del CNS y las nuevas funciones que asumirá esta instancia de dirección del sistema de salud. También la articulación con los Consejos Territoriales, que será todo un desafío para las autoridades locales y nacionales. Allí cobra mucho mayor valor, la necesidad apremiante de un Sistema de Información robusto, en tiempo real e interoperable; que permita hacer el seguimiento de la compleja gestión del sistema y generar los correctivos a tiempo.
Aunque esta propuesta toca al talento humano en salud, no profundiza sobre las condiciones actuales de formación profesional y posgraduada, que han producido muchas preocupaciones recientemente. La relación docencia-servicio sigue sin ser objeto de un debate profundo que se refleje en estos proyectos de reforma al sistema de salud, y tampoco se hacen cambios en las reglas de juego que rigen los convenios entre hospitales y universidades, como punto de partida para avanzar en un recurso humano más cualificado e integralmente mejor reconocido.
Desde INNOS valoramos muy positivamente que la academia y los gremios de la salud hayan logrado esta propuesta consensuada y esperamos que sus aportes sean tenidos en cuenta en las transformaciones que el sistema de salud requiere en nuestro país.
Para consultar el documento de propuesta completo: https://consultorsalud.com/wp-content/uploads/2024/07/Reforma-a-la-Salud_Julio-9-2024-1.pdf